Han pasado dos semanas desde que tu cuñado te recordó que la ITV vence “en nada” y, aun así, sigues confiando en esa cita que pediste (rápidamente, todo sea dicho) para el mes que viene. Suena familiar, ¿no? Cada año miles de conductores españoles repiten el mismo ritual de dejarlo para el último momento, convencidos de que la Guardia Civil hará la vista gorda.
Pero la realidad es tozuda: circular con la inspección caducada es tan sancionable como saltarse un semáforo en rojo. Y sí, aunque tengas el justificante de la cita en la guantera. Tanto la Ley de Seguridad Vial como el sentido común coinciden en un punto: el coche debe estar en perfecto estado y con la ITV al día antes de poner una rueda en la carretera. Así que, si pensabas que la burocracia podría esperar, más vale que sigas leyendo.
¿Qué pasa si te pillan con la ITV caducada?
Conducir con la ITV fuera de plazo se castiga con 200 euros de multa, reducidos a 100 euros si te das prisa y pagas en los primeros 20 días naturales. Nada mal para un descuido, ¿verdad? El asunto se pone aún peor si tu vehículo recibió un resultado negativo en la última inspección: en ese caso, la sanción sube hasta los 500 euros. Por si quedaba alguna duda, el Real Automóvil Club de España lo deja clarísimo: “La Ley de Seguridad Vial es bastante clara al respecto: no se puede circular con la ITV caducada, incluso aunque hayas pedido una cita previa”.
Por lo tanto, la mera solicitud de turno no actúa como salvoconducto. La Dirección General de Tráfico te envía recordatorios y las estaciones permiten acudir con hasta 30 días de antelación sin alterar la fecha de la próxima revisión. En consecuencia, la excusa de “es que no me dio tiempo” pierde toda fuerza cuando el agente saca la libreta.
Plazos oficiales: ¿cada cuánto tiempo toca pasar la ITV?
Es fácil perderse entre exenciones, bienales y revisiones anuales. De ahí que convenga tener claro el calendario para cada tipo de vehículo. En primer lugar, los plazos dependen de la antigüedad; en segundo, del propio vehículo (coche, moto o ciclomotor). Para que no te pierdas, aquí va un resumen rápido:
- Coches: exentos los primeros 4 años; inspección cada 2 años del 5.º al 10.º; anual a partir del 11.º.
- Motos: revisión bienal desde el 5.º año de matriculación.
- Ciclomotores: inspección cada 2 años a partir del 4.º año.
Como ves, la normativa no deja lugar a la improvisación. Llevar el calendario al día te evita sorpresas desagradables y, de paso, garantiza que tu vehículo siga cumpliendo los mínimos de seguridad exigidos desde 1987.
Trucos sencillos para evitar la multa y llegar a tiempo
En primer lugar, apunta la fecha límite en el móvil con una alarma recurrente; así el aviso no se esconde debajo del aluvión de mensajes de cumpleaños. Además, aprovecha la posibilidad de pasar la ITV 30 días antes: ganarás margen si surge algún imprevisto. Por otro lado, revisa luces, neumáticos y frenos la semana previa; llegar con los deberes hechos reduce la probabilidad de salir con un resultado desfavorable (y la temida sanción de 500 euros). Finalmente, guarda en la guantera el informe favorable una vez superado el trámite: te ahorras sustos si pierdes la pegatina.
En resumen, confiar en la cita previa como salvoconducto puede salir caro. Mantén la ITV en regla, evita la multa y conduce con la tranquilidad de saber que tu vehículo está (literalmente) en buena forma.