La Seguridad Social permite regularizar prácticas no remuneradas anteriores a 2024 mediante un convenio especial que puede incrementar la futura pensión.
Desde mayo de 2024 está en vigor la Orden ISM/386/2024, que habilita un convenio especial para computar hasta 1.825 días de prácticas realizadas sin cotización obligatoria. La medida se enmarca en el Real Decreto-ley 2/2023 y puede cerrar lagunas determinantes en el cálculo de prestaciones.
Quién puede cotizar prácticas no remuneradas y en qué situaciones concretas
¿Quién puede acogerse y por qué es relevante? El abanico es amplio y llega a estudiantes, investigadores y perfiles artísticos o deportivos. A continuación, los supuestos clave:
- Prácticas no remuneradas realizadas antes del 1 de enero de 2024 en universidad, Formación Profesional o enseñanzas artísticas o deportivas.
- Prácticas remuneradas finalizadas antes del 1 de noviembre de 2011, cuando no existía obligación de cotizar.
- Investigadores que realizaron el doctorado antes del 4 de febrero de 2006.
- Afectados por la anulación del Real Decreto 1707/2011, si las prácticas concluyeron antes del 28 de junio de 2013.
Quedan fuera quienes ya estén jubilados o con incapacidad permanente reconocida, salvo excepciones, y las prácticas bajo la modalidad de formación profesional intensiva. Así de claro.
Cómo solicitar el convenio especial de la Seguridad Social paso a paso
El procedimiento puede realizarse desde el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. La fecha límite para presentar la solicitud es el 31 de diciembre de 2028. Tras registrarla, la administración dispone de seis meses para resolver; si no hay respuesta en ese plazo, opera el silencio administrativo estimatorio.
¿Hiciste las prácticas en el extranjero? También valen, siempre que se enmarcaran en programas oficiales y puedas acreditar su realización y contenido. ¿Estás trabajando ahora? No hay problema: es compatible con el empleo actual porque computa periodos pasados.
Coste, base de cotización y ventajas para tu pensión futura explicadas
¿Compensa económicamente? En la mayoría de casos, sí. La cuota se calcula sobre la base mínima del grupo 7 del Régimen General correspondiente al año en que se hicieron las prácticas, aplicando un tipo específico y un coeficiente reductor del 0,77. En la práctica, el importe final resulta un 23% inferior al de una cotización estándar. El cálculo exacto lo realiza la Tesorería en función de los meses que quieras computar.
El pago puede hacerse de una sola vez o fraccionarse en mensualidades, hasta el doble de los meses a cotizar, con un tope de 84, siempre mediante domiciliación bancaria. Se trata de una herramienta para ganar años cotizados y, por tanto, mejorar la cuantía de la jubilación o el acceso a otras prestaciones.
Antes de decidir, te resumimos los datos esenciales del convenio:
Punto clave | Dato |
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Límite de cómputo | 1.825 días (cinco años) |
Plazo para solicitar | Hasta el 31 de diciembre de 2028 |
Resolución | Seis meses; silencio administrativo estimatorio |
Base y tipo | Base mínima grupo 7 del año de las prácticas; tipo específico |
Reducción aplicada | Coeficiente 0,77 (coste un 23% inferior) |
Pago | Único o fraccionado; máximo 84 mensualidades; por domiciliación |
Este marco permite llenar vacíos de cotización que, por poco que parezca, pueden marcar la diferencia en la pensión.
Fechas límite, silencio administrativo y compatibilidades relevantes que debes conocer
La norma nace para no dejar atrás a quienes se formaron antes de que las prácticas cotizaran. Conviene despejar dos malentendidos frecuentes. Primero: “Ahora todas las prácticas pasadas cuentan automáticamente como cotizadas”. No es así: hay que solicitar, acreditar y asumir el coste. Segundo: “Esto solo sirve para quienes hicieron prácticas en universidades públicas”. Tampoco se incluyen títulos propios y oficiales, así como formación profesional y enseñanzas artísticas o deportivas, sin diferenciar la titularidad del centro.
En definitiva, si hiciste prácticas y no cotizaste por ellas, este convenio especial ofrece una oportunidad real para reforzar tu vida laboral y mejorar tu pensión futura. ¿Vas a dejar pasar el plazo?