La DGT confirma que tener el carnet C o D no basta para cobrar como conductor profesional y explica qué más necesitas obligatoriamente

Quienes manejen camiones o autobuses solo con el carnet C o D podrán circular, pero deberán obtener el Certificado de Aptitud Profesional si quieren percibir un salario. La formación, los plazos y las horas de conducción marcan la diferencia.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha despejado una duda frecuente entre quienes se plantean trabajar al volante: basta con tener el permiso C o D para sentarse en la cabina, pero resulta imprescindible sumar el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) si se transportan personas o mercancías a cambio de un sueldo. Este requisito, vigente en toda la Unión Europea, pretende reforzar la seguridad vial y profesionalizar el sector del transporte por carretera.

Por qué el Certificado de Aptitud Profesional se exige para cobrar como conductor profesional en el transporte por carretera

Según la DGT, el permiso C o D (y sus extensiones con +E) autoriza a cualquier persona a conducir camiones, autobuses o tráileres de forma particular. Sin embargo, la situación cambia en cuanto entra en juego la remuneración. Para desempeñar la actividad laboral (ya sea trasladando paquetes o pasajeros) el CAP se convierte en obligatorio.
De hecho, este certificado acredita que el conductor ha superado una formación específica que incluye seguridad vial, normativa europea y técnicas de conducción eficiente. Su objetivo es doble: reducir accidentes y garantizar un servicio de calidad.

¿Te conviene sacar el CAP cuanto antes? Si aspiras a un puesto estable como transportista, la respuesta es un rotundo sí, porque las empresas lo exigen en sus ofertas y porque las sanciones por circular sin él pueden multiplicar el coste de cualquier multa de tráfico.

Requisitos, documentación y pasos para obtener el CAP paso a paso y sin complicaciones administrativas

Están obligados a obtener el CAP todos los titulares de licencias C1, C, D o combinaciones con +E que cobren por conducir. El proceso, pese a su apariencia burocrática, sigue una secuencia sencilla:

  • Matricularse en un centro autorizado: la autoescuela o academia debe estar homologada para impartir el CAP.
  • Completar la formación teórica y práctica: se abordan prevención de riesgos, eficiencia y legislación de transporte.
  • Superar el examen oficial para conseguir el certificado: la prueba avala la aptitud profesional del aspirante.
  • Renovar periódicamente mediante cursos de formación continua: así se actualizan conocimientos y normativa.

Una vez obtenido, el conductor recibe una tarjeta que debe llevar siempre consigo, igual que el permiso de conducir. Sin ella no podrá firmar contratos ni facturar servicios de transporte.

Límites de horas de conducción que todo transportista debe conocer para evitar sanciones y mejorar la seguridad vial

Además del CAP, la normativa europea (Reglamento 561/2006) y la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres marcan tiempos máximos de trabajo al volante. Saltarse estos topes no solo pone en peligro a los usuarios de la vía; también conlleva cuantiosas sanciones económicas.

ConceptoDetalle
Jornada diaria máxima9 horas (ampliables a 10 horas dos días por semana)
Descansos obligatorios45 minutos de pausa tras cada 4,5 horas de conducción
Descanso semanal45 horas consecutivas (puede reducirse a 24 horas en determinadas circunstancias)

Cumplir estos límites ayuda a mantener un estado físico y mental óptimo, disminuye la fatiga y, en definitiva, reduce la probabilidad de accidentes. De ahí que durante el curso CAP se insista en la importancia de respetar los registros del tacógrafo y planificar rutas con márgenes de descanso.

En conclusión, conducir un camión o un autobús con el simple permiso C o D es legal para uso privado, pero trabajar como profesional sin el CAP no lo es. Conseguirlo exige formación, examen y renovaciones periódicas, aunque el esfuerzo se compensa con empleabilidad y seguridad en la carretera. ¿Listo para dar el paso y subirte a la cabina con todas las garantías?

Deja un comentario