La campaña de la Renta de 2026 marca un antes y un después para los que cobraron el paro

Cada primavera, la Declaración de la Renta vuelve a la agenda, como el cambio de armario pero con números. Esta vez, la campaña de 2026 llega con un giro importante: las personas en desempleo pasan a estar obligadas a declarar. Sí, incluso si no alcanzan el umbral mínimo de ingresos. La medida se introdujo en noviembre de 2024 y, aunque se pensó para 2025, el Gobierno la aplazó a 2026 para ajustar los colectivos afectados.

En consecuencia, la declaración correspondiente al ejercicio fiscal de 2025 será la primera en la que los parados tengan que pasar por caja (o por el formulario). Y ojo, porque no presentar puede salir caro: desde perder la prestación por desempleo hasta sanciones económicas serias.

¿Qué ha cambiado en la Renta 2026 y a quién obliga exactamente?

La novedad clave es que Hacienda amplía los obligados a declarar e incluye a quienes están en desempleo, sin importar si llegan o no al mínimo de ingresos. La obligación se incorporó en noviembre de 2024 dentro de la reforma del subsidio por desempleo y, tras aplazarse, se aplica por primera vez en 2026 para la declaración del ejercicio 2025. A modo de guía rápida, aquí va un resumen con cifras y fechas concretas que te ayudará a situarte:

Colectivo¿Deben presentar?Condición económicaCuándo aplica
Personas desempleadasSí, todosIndependientemente de no alcanzar el umbral mínimo de ingresosDeclaración del ejercicio 2025 en la campaña de 2026
Contribuyentes con un solo pagadorRentas del trabajo superiores a 22.000 eurosCampaña de la Renta de 2025
Contribuyentes con dos o más pagadoresRentas del trabajo superiores a 15.876 eurosCampaña de la Renta de 2025

Este cambio busca reforzar el control sobre las prestaciones y dotar de mayor transparencia al sistema, según el ministerio que encabeza María Jesús Montero. En resumen: más orden en los papeles y menos margen para errores… o despistes caros.

¿Qué sanciones hay si no presentas la declaración estando en paro?

No presentar la Renta puede provocar la pérdida de la prestación por desempleo o multas importantes. Si la declaración sale a pagar y no se presenta, el contribuyente deberá abonar el importe adeudado y, además, una penalización de entre el 50% y el 150% del total de la deuda. Esta horquilla puede subir si Hacienda aprecia perjuicio económico o si hay repetición del incumplimiento; burocracia con poco humor y factura elevada.

Y si la declaración te sale a devolver y decides no presentarla, también hay problema: desde TaxDown recuerdan que esta práctica acarrea una sanción “que podría llegar a alcanzar los 200 euros”. Si la devolución era inferior a esa cifra, el contribuyente podría pasar de esperar dinero a tener que pagarlo. Además, la Agencia Tributaria puede revisar el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) hasta cuatro años, por lo que Hacienda tiene hasta 2030 para notificar errores o irregularidades.

Cómo actuar en la campaña de 2026 si estás desempleado (paso a paso)

La regla es clara: si estás en paro, toca presentar. La primera declaración afectada es la del ejercicio 2025, que se tramita en la campaña de 2026. Por tanto, aunque no alcances los umbrales clásicos de 22.000 o 15.876 euros, estás dentro de la obligación.

  • Verifica si estuviste en situación de desempleo en 2025: si es así, debes presentar la declaración en 2026.
  • Presenta la declaración del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) del ejercicio 2025, aunque no llegues al umbral mínimo de ingresos.
  • Si el resultado es a devolver, preséntala igualmente para evitar una sanción de hasta 200 euros.
  • Si el resultado es a pagar y no la presentas, te expones a una multa del 50% al 150% del total de la deuda.
  • Ten en cuenta que Hacienda puede revisar tu IRPF hasta cuatro años; en este caso, hasta 2030.

En definitiva, presentar la Renta en 2026 si estuviste en paro en 2025 no es opcional. Cumplir a la primera evita sustos con la prestación, esquiva multas y, de paso, te ahorra cartas de Hacienda a medio plazo. Porque si algo no cambia es que el calendario fiscal nunca perdona.

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