El Supremo recuerda que el salario de la nómina es un derecho: si la empresa paga tarde puedes reclamar con intereses

Una sentencia del Tribunal Supremo, publicada en mayo de 2025, respalda aplicar un 10% adicional cuando la empresa paga tarde el salario o conceptos vinculados.

Si tu empresa no abona la nómina en tiempo y forma, puedes exigir un 10% más sobre lo adeudado. Así lo ha ratificado el Tribunal Supremo tras el caso de 33 médicos de Barcelona a quienes, durante las vacaciones, no se les sumaron guardias ni pluses de festivos, tal y como explica el abogado laboral Óscar Ramón. El Alto Tribunal ordenó pagarles más de 180.000 euros por salarios mal abonados, más un 10% extra por el retraso, cerca de 90.000 euros adicionales. En la práctica, cada uno ingresará casi 8.300 euros.

Qué trabajadores pueden reclamar el interés de mora del diez por ciento salarial

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 29.3, es claro: “el interés por mora en el pago del salario será del diez por ciento de lo adeudado”. Esto quiere decir que, si se retrasa parte del salario o se omiten conceptos como pluses de festivos o guardias, el trabajador puede reclamar ese 10% adicional. ¿La empresa alega dudas o complejidad del caso? No sirve de excusa.

Criterios clave fijados por el Supremo:

  • El 10% por retraso del salario se aplica siempre, aunque el caso sea complejo.
  • Puede evitarse solo en supuestos muy concretos, como leyes de limitación del gasto público que frenen pagos.
  • También cuando una norma es anulada por el Constitucional y se limitan sus efectos pasados.

En consecuencia, si no te han incluido correctamente en nómina los importes ligados a vacaciones, guardias o festivos, la ley ampara tu reclamación para “proteger el valor del salario como derecho fundamental”.

Fechas claves, procedimiento de reclamación y organismos implicados en la resolución judicial

La empresa no te ingresará ese 10% extra de forma automática. Hay que reclamar y que un juez lo avale. Además, el interés solo se aplica al salario, no a indemnizaciones u otros pagos que no sean estrictamente retribución salarial. Por lo tanto, conviene revisar nómina, fechas y cantidades afectadas antes de dar el paso. ¿Has comprobado ya si te pagaron todo y a tiempo?

La base legal es el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, que puede consultarse en el BOE. Este interés tiene carácter indemnizatorio: compensa el perjuicio por no cobrar puntualmente, sin ser una sanción disciplinaria al empresario.

Cómo calcular el interés del diez por ciento y ejemplos orientativos

El periodo de cálculo va desde la fecha en que debió pagarse hasta la fecha de la sentencia. El portal Cuestiones Laborales ofrece este ejemplo sobre dos sueldos adeudados de 1.500 euros cada uno, con sentencia de 17 de mayo de 2025.

ConceptoImportePeriodo computado hasta 17/05/2025Interés 10%
Sueldo junio 20241.500 €Del 01/07/2024 al 17/05/2025131,94 €
Sueldo julio 20241.500 €Del 01/08/2024 al 17/05/2025119,44 €
Total intereses251,38 €

Además, posteriormente se podrían solicitar también los intereses del proceso judicial conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En definitiva, se trata de una herramienta sencilla pero clave para que el salario, base del sustento, se respete. Ni trampa ni cartón: si te pagan tarde, el 10% es exigible.

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