El Ministerio de Trabajo reconoce un permiso retribuido cuando hay alertas naranja o roja de la AEMET y la climatología impide llegar al centro de trabajo. La medida, incorporada al Estatuto de los Trabajadores por el Real Decreto‑ley 8/2024, protege el salario y prioriza la seguridad.
Los trabajadores pueden ausentarse hasta cuatro días, cobrando el 100% del sueldo, cuando las autoridades establecen recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento y resulta imposible acceder al puesto o transitar por las vías necesarias. ¿Te afecta una alerta y no puedes moverte con seguridad? Esta es la clave.
Quiénes pueden acogerse al permiso retribuido del Ministerio por lluvias e inundaciones
El permiso se aplica a quienes no puedan acudir al centro de trabajo por fenómenos meteorológicos con aviso naranja o rojo de la AEMET. Abarca los supuestos en los que, por decisiones de las autoridades competentes, no es posible transitar por las vías de circulación imprescindibles o existe un riesgo grave e inminente, incluidas catástrofes o episodios de fuertes lluvias e inundaciones. En consecuencia, el trabajador queda dispensado de acudir mientras dura el impedimento y mantiene el 100% del salario.
Duración del permiso, entrada en vigor y relación con AEMET y alertas
La duración es de hasta cuatro días, hasta que se pueda regresar con seguridad al puesto. ¿Y qué pasa si tras esos cuatro días persisten las causas que impiden el desplazamiento? El permiso puede prolongarse, pero entonces la empresa tiene derecho a acogerse a una suspensión del contrato o a una reducción de jornada por fuerza mayor, tal y como prevé la normativa. De ahí que la referencia a las alertas oficiales de la AEMET sea determinante para activar y extender la medida.
Cómo solicitar o activar el permiso y qué organismos públicos intervienen
El núcleo del permiso es la imposibilidad real de acceder al trabajo por decisiones o avisos de las autoridades. Intervienen dos piezas públicas: el Ministerio de Trabajo, que lo regula mediante el Real Decreto‑ley 8/2024, y la AEMET, cuyas alertas naranja o roja marcan el umbral de activación. Por tanto, el trabajador queda amparado cuando concurren esas condiciones y no puede desplazarse sin riesgo.
A modo de guía práctica, estas son las claves esenciales que debes tener presentes:
- Alerta naranja o roja de la AEMET y imposibilidad de llegar o circular hasta el centro de trabajo, con permiso retribuido de hasta cuatro días y posibilidad de prolongación si el riesgo persiste.
Teletrabajo y alternativas empresariales cuando la situación se prolonga más tiempo
Además, la norma abre la puerta al trabajo a distancia cuando sea viable. Lo dice de forma expresa: “cuando la naturaleza de la prestación laboral sea compatible con el trabajo a distancia y el estado de las redes de comunicación permita su desarrollo, la empresa podrá establecerlo, observando el resto de las obligaciones formales y materiales recogidas” y respetando “el suministro de medios, equipos y herramientas adecuados”. ¿Teletrabajar es una opción razonable durante un temporal? Si la actividad lo permite, sí.
Cuando la situación se alarga, la ley habilita alternativas empresariales por fuerza mayor, como la suspensión del contrato o la reducción de jornada. Por consiguiente, el esquema de respuestas es claro y gradual.
A continuación, un resumen rápido de escenarios y medidas previstas por la norma:
| Escenario con fenómenos meteorológicos adversos | Medida prevista y efectos en la relación laboral |
|---|---|
| Alerta naranja o roja de la AEMET impide el acceso | Permiso retribuido hasta cuatro días con el 100% del salario |
| Persisten las causas tras cuatro días | Posibilidad de prolongar; la empresa puede acudir a suspensión o reducción por fuerza mayor |
| Prestación compatible con trabajo a distancia | La empresa puede establecer teletrabajo respetando obligaciones y medios |
| Prohibiciones o limitaciones oficiales de desplazamiento | Cobertura del permiso mientras dure el impedimento objetivo |
Un año del anuncio de este permiso
Se cumple un año desde el anuncio de esta medida, realizado por Yolanda Díaz a raíz de las inundaciones de la DANA de finales de octubre de 2024 en la Comunidad Valenciana, Castilla‑La Mancha y Andalucía. En la práctica, el permiso se ha convertido en una herramienta de protección laboral frente a temporales cada vez más frecuentes.
