La ayuda mantiene su importe mensual en 480 euros y se extiende hasta llegar a la edad ordinaria de jubilación, salvo que se consigan antes los requisitos necesarios para ese retiro.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) continúa aplicando el subsidio para mayores de 52 años con las condiciones recientemente actualizadas en el Real Decreto-ley 2/2024. La cuantía no ha variado y se mantiene en 480 euros mensuales, pero el desempleado deja de cobrarla cuando alcanza la edad ordinaria de jubilación fijada cada año por la ley. ¿Te interesa saber cómo funciona esta ayuda y a quién beneficia?
Por qué la edad de jubilación marca el fin del subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años se concede con carácter indefinido, siempre que el beneficiario siga cumpliendo requisitos básicos como la carencia de rentas y la presentación anual de la Declaración Anual de Rentas (DAR). Sin embargo, el SEPE especifica que su duración finaliza “al llegar la edad ordinaria de jubilación exigida para la pensión contributiva”. En 2025, esta edad se sitúa en los 66 años y 8 meses, salvo que se cuenten con 38 años y 3 meses cotizados, en cuyo caso la jubilación (y, por tanto, el fin del subsidio) puede producirse a los 65 años.
Aunque se trate de una ayuda asistencial, el subsidio para mayores de 52 años tiene la peculiaridad de cotizar para la jubilación por el 125% de la base mínima. Dado que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha subido un 4,4%, la base mínima en 2025 se sitúa en 1.381,33 euros mensuales, por lo que la cotización aplicable sube hasta los 1.726,66 euros. Esto influye positivamente en la futura pensión de jubilación, ya que se incrementa la base de cotización considerada para calcular su importe final.
La carencia de rentas y el nuevo límite de ingresos en 2025 para mantener la prestación
Uno de los requisitos clave para cobrar este subsidio es no superar el 75% del SMI. Con la reciente subida, el SMI de 2025 pasa a 1.184 euros al mes. Esto quiere decir que el límite de ingresos permitidos alcanza los 888 euros mensuales (75% de 1.184 euros). De ahí que quienes dispongan de rentas superiores a esta cantidad queden excluidos de la ayuda. A modo de resumen, estos son los principales requisitos para solicitar el subsidio:
- Tener 52 años o más.
- Haber cotizado un mínimo de 15 años para la jubilación, 2 de ellos dentro de los últimos 15.
- Disponer de al menos 6 años de cotizaciones por desempleo en el Régimen General.
- No superar el límite de rentas mensuales (888 euros en 2025).
¿Qué ocurre si decides no jubilarte al alcanzar la edad ordinaria de retiro establecida? El SEPE indica que, al llegar la edad legal, se interrumpe la prestación. Ahora bien, la normativa actual permite al beneficiario escoger entre solicitar la pensión de jubilación en ese momento o retrasar su cobro. Si se retrasa, debe considerarse que solo se pueden recuperar los pagos correspondientes a los tres meses anteriores a la fecha de solicitud. Por consiguiente, si pasan seis meses desde el cumplimiento de la edad ordinaria hasta que se pide la pensión, se pierde la prestación de los primeros tres meses.
Ten en cuenta esta ayuda si puedes optar a ella
El subsidio para mayores de 52 años ofrece una cobertura valiosa para quienes agotan su paro y cumplen los requisitos legales. Sin embargo, su vigencia finaliza cuando el trabajador alcanza la edad ordinaria de jubilación. Si crees que podrías optar a esta prestación, conviene revisar la documentación necesaria y respetar el límite de rentas, así como presentar la Declaración Anual de Rentas a tiempo. Ante cualquier duda, lo mejor es acudir a las oficinas del SEPE o consultar la normativa oficial vigente.