Así puedes solicitar la nueva prestación asistencial del SEPE si te has quedado sin paro

Tras los cambios del SEPE en noviembre, el subsidio asistencial garantiza apoyo a quienes no alcanzan cotización para la prestación contributiva. Explicamos a quién va dirigido, qué requisitos se piden, cómo se solicita y cuánto dura.

El subsidio por desempleo a nivel asistencial está pensado para personas que han perdido su empleo y no reúnen el tiempo exigido para cobrar la prestación contributiva. Proporciona una ayuda económica si se acredita necesidad y se cumplen las condiciones fijadas por el SEPE.

Quién puede pedir la prestación por desempleo asistencial del SEPE y por qué

¿Encajas en el perfil? Esta ayuda se dirige a quienes han visto extinguido su contrato o han sido despedidos, pero no llegan a la cotización necesaria para la contributiva. Además, exige estar en desempleo legal y apuntado como demandante.

Antes de entrar al detalle, revisa los requisitos clave. Si cumples todos, podrás solicitar el subsidio dentro del plazo.

Requisitos principales para acceder al subsidio asistencial:

  • Haber cotizado entre 90 y 359 días en los últimos seis años.
  • Estar en situación legal de desempleo y dado de alta como demandante.
  • No superar el 75% del SMI en ingresos, sin extras.
  • Presentar la solicitud dentro de los 15 días hábiles tras perder el empleo.
  • No rechazar ofertas adecuadas ni negarse a formación o inserción.

En consecuencia, si cumples estas condiciones y demuestras necesidad económica, podrás iniciar el trámite.

Fechas de solicitud, plazos y entrada en vigor de esta ayuda

El SEPE introdujo cambios importantes en los subsidios en noviembre, que afectan a la prestación asistencial. ¿Cuándo hay que moverse? El plazo es de 15 días hábiles desde la fecha de la situación legal de desempleo. Presentarlo en tiempo es clave para no perder el derecho. Retrasarse puede suponer demoras o incluso la pérdida de la ayuda.

Cómo solicitar el subsidio asistencial del SEPE paso a paso online y presencial

La solicitud puede hacerse por tres vías. En la sede electrónica del SEPE, de forma telemática; en oficinas de prestaciones, con cita previa; o remitiendo la documentación por correo postal administrativo. Elige la opción que mejor se adapte a tu situación.

¿Qué papeles te pedirán? El formulario oficial del subsidio, DNI o NIE, justificante de rentas si procede y el certificado de empresa que acredite la situación de desempleo. En caso de emigrantes retornados, también la documentación que pruebe el trabajo en el extranjero. No tiene misterio, pero conviene reunir todo antes de iniciar el trámite.

Cuantía del subsidio, duración y relación con el IPREM según normativa

La cuantía se vincula al IPREM: comienza en el 95% y disminuye progresivamente hasta el 80% según pasan los meses. La duración depende de las cotizaciones previas y de si existen responsabilidades familiares. En el escenario más largo (21 meses), el importe máximo acumulado que podría percibirse asciende a 10.980 euros.

Para verlo de un vistazo, así queda la duración en función de la cotización y la situación familiar. Debajo de la tabla encontrarás una breve explicación para interpretarla.

SituaciónCotización acreditadaDuración del subsidio
Con responsabilidades familiaresDe 3 a 5 mesesIgual número de meses
Con responsabilidades familiares6 meses o más21 meses
Sin responsabilidades familiaresEntre 6 y 11 meses6 meses

Como se observa, tener cargas familiares y haber cotizado al menos 6 meses permite acceder al tramo máximo de 21 meses. Por el contrario, sin responsabilidades, la duración es fija de 6 meses si se acreditan entre 6 y 11 meses cotizados.

Tipos de subsidios asistenciales disponibles dentro de la protección por desempleo

Dentro del nivel asistencial hay varias modalidades. El subsidio por agotamiento de la contributiva se dirige a quienes han terminado la prestación y tienen responsabilidades familiares; su cuantía equivale al 80% del IPREM mensual.

El subsidio para mayores de 52 años protege a quienes han consumido la contributiva y cumplen las cotizaciones exigidas para la jubilación. Se mantiene hasta alcanzar la edad de retiro y permite seguir cotizando para la pensión.

Existe también un subsidio especial para mayores de 45 años que hayan agotado una contributiva de al menos 24 meses y no tengan responsabilidades familiares. Su importe varía según convivientes a cargo, oscilando entre el 80% y el 133% del IPREM.

Por último, el subsidio para emigrantes retornados está pensado para quienes regresan a España tras trabajar fuera, siempre que hayan cotizado en el país de destino y no tengan derecho a la contributiva aquí. ¿Te ves en alguno de estos supuestos? Entonces toca preparar la solicitud.

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