La sala aprecia represalia empresarial tras la demanda de la trabajadora y ordena su inmediata readmisión con salarios de tramitación.
Una extrabajadora de Mercadona, con categoría de gerente A y más de dos décadas en la compañía, deberá ser readmitida tras considerar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que su despido disciplinario constituyó una vulneración de derechos fundamentales. La empresa alegó que la empleada, de baja por ansiedad, llevaba una “vida activa” incompatible con su recuperación, pero la Sala ve indicios de represalia por una demanda previa de la afectada frente a la cadena de supermercados.
Las claves del conflicto laboral entre Mercadona y su gerente según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
La controversia comenzó el 22 de mayo de 2024, cuando la trabajadora recibió la carta de despido fechada cinco días antes. Mercadona le imputó un incumplimiento grave de la buena fe contractual al haber salido de casa, acudir a la peluquería o usar el móvil durante la incapacidad temporal iniciada el 1 de agosto de 2023.
La compañía sostenía que la empleada mostraba “falta de voluntad de cuidarse” y prolongaba injustificadamente la baja. Como apoyo, aportó un informe de detectives que detallaba sus movimientos los días 18 y 19 de abril. El salario de la afectada, prorrateadas las pagas extra, ascendía a 2.089,58 euros brutos mensuales.
Investigación privada y alegaciones de incompatibilidad con la incapacidad temporal de la empleada
El informe de vigilancia subrayaba que la trabajadora llevaba anillos metálicos, a los que supuestamente era hipersensible, realizaba pequeñas compras y utilizaba el teléfono móvil. Para la empresa, estos hechos demostraban “pérdida de confianza” suficiente para extinguir la relación laboral.
Sin embargo, en primera instancia el Juzgado de lo Social n.º 1 de León avaló la tesis empresarial y declaró procedente el despido. Contra este fallo, la defensa de la gerente interpuso recurso de suplicación ante el TSJCyL alegando errores en la valoración de la prueba y, sobre todo, lesión de la garantía de indemnidad y discriminación por discapacidad.
Motivos del Tribunal Superior de Justicia para anular el despido disciplinario de Mercadona y proteger la garantía de indemnidad
La Sala de lo Social del TSJCyL aprecia que la trabajadora había demandado previamente a Mercadona por incumplimientos en prevención de riesgos laborales, reclamando más de 88.000 euros. Ese litigio, iniciado pocos meses antes del cese, constituye para el tribunal un indicio “especialmente relevante” de represalia empresarial.
Además, el fallo subraya que el incumplimiento contractual debe ser grave y culpable, algo que no se desprende de la mera asistencia a la peluquería o a un supermercado. Tampoco se acredita que llevar joyas metálicas o usar el móvil agrave una ansiedad diagnosticada. Por ello, concluye que la extinción vulneró la garantía de indemnidad y la prohibición de discriminación por discapacidad, declarando el despido nulo.
Consecuencias para Mercadona y para futuras reclamaciones de trabajadores en situación de baja médica por ansiedad u otras patologías
Como efecto directo, Mercadona deberá readmitir a la empleada en su mismo puesto y abonar los salarios dejados de percibir desde el despido o, en su caso, desde el alta médica, además de una indemnización adicional de 7.500 euros por daños morales.
En este sentido, la sentencia refuerza la necesidad de que las empresas acrediten de forma exhaustiva la concurrencia de un perjuicio real y la proporcionalidad de la sanción. Para los trabajadores, el fallo recuerda que el ejercicio de acciones judiciales contra la empresa está amparado por la garantía de indemnidad.
Dado lo anterior, los expertos señalan que los departamentos de recursos humanos deberán extremar la cautela al basar despidos disciplinarios en informes de detectives cuando la persona se encuentra en incapacidad temporal. El caso también marca un precedente sobre la convivencia entre actividades cotidianas y procesos de recuperación psicológica, ámbito donde los tribunales exigen motivaciones objetivas y sólidas antes de justificar la máxima sanción laboral.