La Justicia aragonesa confirma la aplicación correcta de coeficientes reductores por discapacidad, reconociendo el 100% de la base reguladora
Un hombre de 63 años ha logrado que la Justicia le reconozca una pensión de 2.932,14 euros al mes tras varias denegaciones por parte de la Seguridad Social. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) dictamina que este trabajador, con una discapacidad oficial del 57%, cumple todos los requisitos para acceder a la jubilación anticipada con el 100% de su base reguladora.
El beneficiario sufrió un traumatismo craneoencefálico cuando solo tenía tres años, lo que le produjo importantes secuelas a lo largo de su trayectoria laboral. Pese a ello, completó 42 años de cotización y, en 2023, decidió solicitar la jubilación anticipada por discapacidad.
Razones por las que la Seguridad Social denegó la jubilación anticipada por discapacidad
¿Por qué se denegó inicialmente su pensión pese a su extensa cotización? El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) alegó que no se cumplían los 15 años de cotización mínimos desde el momento en que surgió la discapacidad hasta el hecho causante (la solicitud de la jubilación). Al reconocerle la discapacidad oficialmente desde 2010, consideraban que no podía acreditarse todo el periodo previo.
No obstante, el TSJA ha determinado que las limitaciones funcionales comenzaron en la infancia de este hombre, por lo que los coeficientes reductores resultan aplicables durante toda su vida laboral, y no solo a partir de ese reconocimiento formal de 2010.
Cómo el Tribunal Superior de Justicia de Aragón aplicó correctamente los coeficientes reductores
El demandante decidió recurrir tras varias resoluciones negativas y, finalmente, el TSJA le dio la razón. De acuerdo con el tribunal, el traumatismo craneoencefálico y sus secuelas, especialmente el daño cerebral, estaban presentes de forma permanente, aunque solo se reconociera el grado de discapacidad del 57% en 2010. Por ello, cumplía con los requisitos para beneficiarse de la jubilación anticipada por discapacidad, con la posibilidad de cobrar el 100% de su base reguladora.
Para llegar a esta conclusión, la sentencia se basó en la normativa que regula la jubilación de personas con discapacidad (Real Decreto 1851/2009 y Real Decreto 370/2023) y en el artículo 206 bis del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Tabla resumen de la evolución del caso y las decisiones judiciales
A continuación, se muestra una breve tabla con los hitos principales en la reclamación de este hombre:
Año | Acción realizada |
---|---|
2010 | Reconocimiento oficial del 57% de discapacidad |
2023 (julio) | Primera solicitud de jubilación anticipada, denegada por el INSS |
2023 (noviembre) | Nueva solicitud aceptada parcialmente, otorgándole solo el 88,57% de la base reguladora |
2024 | Sentencia del TSJA confirmando el derecho a percibir el 100% de la pensión |
Según esta tabla, no fue hasta la intervención judicial cuando el beneficiario pudo ejercer plenamente sus derechos.
Listado de puntos clave para comprender la sentencia final del TSJA
Antes de llevar un caso similar a los tribunales, conviene tener claros estos aspectos:
- Reconocimiento oficial del grado de discapacidad y su fecha efectiva.
- Trayectoria laboral y años cotizados bajo las limitaciones funcionales.
- Legislación que regula la aplicación de coeficientes reductores (RD 1851/2009 y RD 370/2023).
- Edad real de acceso y porcentaje de la base reguladora aplicable.
¿Te interesa saber cómo se aplica esta normativa en otros casos similares? Siempre es aconsejable contar con asesoramiento profesional para conocer los plazos y los documentos que deben presentarse.
El TSJA concluye que este trabajador aragonés cumple todos los criterios para jubilarse a los 63 años con el 100% de la base reguladora. Además, la Seguridad Social deberá abonarle la diferencia entre el porcentaje inicialmente reconocido (88,57%) y el 100% que, finalmente, la Justicia ha determinado que le corresponde. Se recomienda a quienes se hallen en circunstancias parecidas consultar con especialistas y recopilar cuanta documentación acredite la discapacidad desde sus inicios.