Desde 1983, no se han visto cambios en la reducción de jornada laboral. El 4 de febrero de 2025, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley para la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas. Sin duda, menos horas de trabajo supone más tiempo con la familia y un aumento de la productividad (mejora la conciliación laboral), aunque para las empresas quizás no es tan bonito como parece. Con esta nueva medida, se va a trabajar menos horas y sin que afecte al salario, y así lo instó el Ministerio de Trabajo a la patrona hace meses.
Para la CEOE y CEPYME, supuso una iniciativa, la cual generó bastantes críticas y ningún avance. Uno de los motivos es a las empresas les puede afectar en el aumento de los costes, horarios o calidad del servicio. No obstante, Yolanda Díaz, decidió impulsar dicha medida por su cuenta. Más tarde, después de volver a negociar con los sindicatos, se firma un acuerdo, y el Consejo de Ministros, aprueba dicho Anteproyecto de Ley el 4 de febrero, aunque, como tal, no es definitivo y, por tanto, su aplicación, no es obligatoria todavía.
Un Anteproyecto de Ley incompleto según el CES: cuándo entra en vigor la reducción de la jornada laboral
Desde el Consejo Económico y Social (CES), el órgano consultivo del Gobierno en dicha materia, valora el anteproyecto de ley de la reducción de la jornada, con un informe donde indica una serie de ajustes a realizar para ser más efectivos. Algunos de ellos es que, dicho Anteproyecto de Ley tiene que ser más detallado y claro. Además, habla sobre las no coincidencias de todos los involucrados, y falta de consenso en la forma de aplicarse, entre otras.
Además, aunque este Anteproyecto de Ley esté aprobado, no existe fecha concreta para la entrada en vigor. Se habla de que será a lo largo del año 2025 cuando entre en vigor, según los diálogos entre el Ministerio de Trabajo y sindicatos. De esta forma, se da tiempo para que haya negociaciones y reorganizaciones en las empresas y adaptar los nuevos convenios colectivos. Como hemos visto anteriormente, el salario no se verá afectado por esta reducción de la jornada laboral, siendo el SMI el fijado en 2025, de 1.184 euros al mes en 14 pagas.
Multas por no cumplir con el Anteproyecto de Ley
Las sanciones por el incumplimiento de la reducción de la jornada laboral se hace más estricta y dura. Ahora las multas se van a poner por cada persona que trabaje en vez de a la empresa de forma global, con un máximo de hasta 10.000 euros por empleado/a. Esto se hará por no cumplir con los registros horarios y por la no reducción. Las multas quedarán de la siguiente forma, según el grado:
- Mínimo: de 1.000 a 2.000 euros.
- Medio: de 2.001 a 5.000 euros.
- Máximo: de 5.001 a 10.000 euros.
Actualmente, también existen sanciones por no cumplir con los límites de legales en cuanto a horas de trabajo, aunque con menores cuantías de multa. Puedes consultar esta información desde la web del Gabinete de Comunicación.