El Tribunal Supremo confirma que el punto privado solo exige comunicación previa. Una infraestructura común cambia las reglas de votación y reparto del gasto.
Las comunidades de propietarios se enfrentan cada vez con más frecuencia a la llegada del coche eléctrico. Solo hasta agosto de 2026 se matricularon 208.611 vehículos electrificados, un 33,6% más que un año antes. La instalación puede superar los 1.000 euros por plaza y una preinstalación comunitaria alcanzar entre 10.000 y 20.000 euros. El conflicto aparece cuando surge la pregunta que más divide a los vecinos: quién puede decidir la instalación y quién debe pagarla.
El cargador privado no necesita permiso de la junta de propietarios
La Ley de Propiedad Horizontal establece una regla bastante concreta para el propietario que quiere instalar un cargador en su plaza individual. El artículo 17.5 señala que basta con comunicar previamente la instalación a la comunidad. Además, tanto el coste de los trabajos como la electricidad consumida corresponden íntegramente al interesado.
El Tribunal Supremo reforzó esta interpretación mediante la sentencia 1745/2025, de 1 de diciembre de 2025. La Sala de lo Civil resolvió un litigio iniciado en Villajoyosa y confirmó que el cable puede atravesar elementos comunes sin necesitar autorización adicional. La excepción aparece si existe una afectación innecesaria o desproporcionada o se causa un perjuicio al resto de propietarios. Esta sentencia sobre los cargadores aclara uno de los principales conflictos que están apareciendo en los garajes comunitarios.
La preinstalación común cambia quién vota y quién debe asumir el coste
El escenario cambia cuando no se trata del cargador de un vecino, sino de instalar una infraestructura troncal para futuras conexiones. No existe una regla general que obligue siempre a conseguir dos tercios de los votos. El artículo 17.1 permite aprobar determinadas infraestructuras destinadas a nuevos suministros energéticos colectivos con un tercio de los propietarios. Ese tercio debe representar también un tercio de las cuotas de participación.
Esta diferencia tiene una consecuencia económica importante. Cuando el acuerdo encaja en ese artículo, la comunidad no puede repercutir el coste a quienes no hayan votado expresamente a favor. Tampoco puede cargarles posteriormente los gastos de conservación y mantenimiento. Si uno de esos propietarios quiere utilizar después la infraestructura, deberá abonar la cantidad que le hubiera correspondido, actualizada con el interés legal. La mayoría aplicable puede variar si el proyecto incorpora otros servicios o mejoras comunes, por lo que resulta decisivo definir exactamente qué obra se somete a votación.
Una preinstalación puede costar hasta 20.000 euros en un garaje de 50 propietarios
La opción más sencilla para un propietario suele ser conectar su cargador con el contador de su propia vivienda. Esto obliga en muchos edificios a conducir el cable desde la centralización de contadores hasta la plaza de aparcamiento. El presupuesto orientativo recogido en la información de partida oscila entre 1.000 y 2.500 euros, incluyendo wallbox, cableado, protecciones, instalación y legalización. Quienes ya disponen de coche eléctrico también deben valorar cómo realizan las recargas, ya que determinados hábitos afectan a la batería.
La segunda posibilidad es preparar de una sola vez bandejas, canalizaciones y parte de la infraestructura que utilizarán los futuros cargadores. Para una comunidad de unos 50 propietarios, la estimación facilitada sitúa esta obra entre 10.000 y 20.000 euros. Este sistema permite ordenar el cableado y evita que cada nuevo vehículo obligue a improvisar recorridos diferentes. Algunos propietarios también combinan la recarga doméstica con autoconsumo, como ocurre en viviendas donde las placas solares alimentan coches.
La instalación debe cumplir las normas eléctricas aunque no necesite permiso vecinal
Que el propietario no necesite una votación favorable no significa que pueda instalar el cargador de cualquier manera. Las instalaciones de recarga están reguladas por la ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. Esta normativa contempla específicamente los aparcamientos colectivos y establece requisitos sobre canalizaciones, protecciones, sistemas de conexión, contadores y seguridad eléctrica.
También debe respetarse el límite señalado por el Supremo. La comunicación previa no autoriza un recorrido que perjudique injustificadamente a otros vecinos o afecte de manera desproporcionada a los elementos comunes. Por eso resulta recomendable acompañar la comunicación con el esquema técnico y el recorrido previsto. En edificios donde empiezan a acumularse varias solicitudes, una infraestructura común puede reducir futuros conflictos sin eliminar el derecho de cada propietario a instalar su propio punto conforme al artículo 17.5.
El crecimiento del vehículo eléctrico explica que esta cuestión vaya ganando peso en las juntas. Las matriculaciones de eléctricos puros e híbridos enchufables aumentaron un 28% en agosto de 2026 y alcanzaron 21.292 unidades solo durante ese mes. La información de referencia también recoge datos atribuidos al IDAE sobre 145.532 puntos privados y 1.187 preinstalaciones subvencionadas mediante los planes Moves II y Moves III.
