Descubre cuándo y cómo deducir tu póliza de salud en la Declaración del IRPF, con límites y requisitos específicos que pueden ayudarte a ahorrar.
El plazo para presentar la declaración de la Renta ya está en marcha y, como cada año, muchas personas se preguntan si pueden incluir el coste de su seguro médico para reducir lo que pagan a Hacienda. ¿Te interesa saber más? La respuesta no es la misma para todos los contribuyentes: solo los autónomos y los trabajadores por cuenta ajena que dispongan de un seguro de empresa, cumpliendo ciertas condiciones, podrán desgravar la póliza.
Aun así, existen comunidades autónomas que contemplan deducciones en ciertos gastos sanitarios, pero el pago del seguro médico privado no siempre está cubierto en esas desgravaciones. Conviene, por tanto, revisar qué supuestos están permitidos y cuáles son los límites de este beneficio fiscal.
¿Quiénes pueden beneficiarse de esta deducción y por qué conviene conocerla?
La posibilidad de desgravar el seguro de salud en la declaración de la Renta se limita a:
- Autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), siempre que tributen en estimación directa.
- Empleados con un seguro médico aportado por su empresa (considerado salario en especie), con ciertas restricciones.
En ningún caso, un particular sin actividad por cuenta propia o sin un seguro colectivo de empresa puede incluir la póliza en su IRPF. Por ello, resulta esencial conocer si se cumplen estos requisitos antes de plantearse la deducción.
Pasos para deducir el seguro médico y presentar la Declaración de la Renta correctamente
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, Hacienda permite restar del rendimiento neto hasta 500 euros anuales de las primas del seguro de salud. Este mismo tope puede aplicarse al cónyuge y a los hijos menores de 25 años que convivan con el contribuyente, o 1.500 euros si alguno presenta discapacidad.
Para los asalariados que cuentan con un seguro privado de la empresa, las cantidades satisfechas no se suman a su base imponible en el IRPF hasta el mismo límite (500 euros por persona y 1.500 con discapacidad). Así, si la compañía aporta 500 euros al seguro, el trabajador no tendrá que tributar por ese importe en su declaración.
A continuación, se muestra una tabla con los límites más frecuentes:
Situación | Límite de deducción o exención |
---|---|
Autónomo en estimación directa (por sí mismo) | 500 euros/año |
Cónyuge e hijos menores de 25 años del autónomo | 500 euros/año (1.500 si existe discapacidad) |
Trabajador asalariado con seguro médico de empresa | Exención de 500 euros/año por beneficiario |
Beneficiarios con discapacidad (asalariado o familiar) | Exención de hasta 1.500 euros/año |
En todos los casos, si el importe supera estos topes, la cantidad sobrante se considera rendimiento del trabajo o no se puede descontar.
Si estás pensando en formalizar un seguro médico, conviene revisar a fondo la letra pequeña para comprobar si se adapta a tus necesidades reales. De hecho, quizá sea buena idea comparar coberturas y precios en distintas aseguradoras antes de elegir. Por otro lado, los autónomos deben revisar detalladamente sus facturas para imputar las primas correctamente en el apartado de gastos deducibles.
¿Y si tu empresa te ofrece la posibilidad de contratar un seguro de salud colectivo? En ese caso, plantéate que, además de proteger tu salud y la de tu familia, podrás disfrutar de exenciones que abaratan tu declaración. Ojo con las fechas: las deducciones se aplican al ejercicio fiscal en curso, así que es importante formalizar el seguro dentro del plazo que corresponda.