La Seguridad Social introduce una novedad que ayudará a los mayores de 52 años sin ingresos suficientes

La medida, impulsada junto al Ejecutivo de Pedro Sánchez, refuerza el apoyo a quienes atraviesan vulnerabilidad económica. Exige ingresos por debajo del SMI (16.576 € anuales), no cobrar otra pensión contributiva y no trabajar, o hacerlo por debajo del SMI.

En un contexto de inestabilidad, el sistema de protección social se convierte en un salvavidas. Con la nueva ampliación, la Seguridad Social incorpora a las personas mayores de 52 años a la pensión de orfandad cuando cumplan requisitos económicos y de acceso, con el objetivo de cerrar brechas y ofrecer respuestas rápidas a situaciones delicadas.

Quiénes pueden solicitar la pensión de orfandad de la Seguridad Social para mayores de 52 años

Hasta ahora, esta prestación se reconocía a menores de 21 años, e incluso hasta los 25 si estudian o no superan ciertos ingresos. También la reciben personas con discapacidad absoluta, sin límite de edad. La novedad es clara: desde 2025 podrán solicitarla también los mayores de 52 años en situación de vulnerabilidad.

¿Encajas en el nuevo perfil? Las claves son económicas y de incompatibilidades: no superar el SMI anual (16.576 €), no percibir otra pensión contributiva y no trabajar; si se trabaja, los ingresos deben estar por debajo del SMI. Además, deben concurrir las condiciones habituales de la orfandad: fallecimiento del progenitor con al menos 15 años cotizados a lo largo de su vida laboral y residencia legal en España. En pocas palabras, se trata de un refuerzo de protección para quienes más lo necesitan.

La extensión entra en vigor desde 2025 y busca ofrecer cobertura a mayores de 52 años que atraviesen dificultades. ¿Por qué es relevante? Porque muchas familias no accedían hasta ahora a esta vía de apoyo y, en consecuencia, quedaban desprotegidas. Con esta ampliación, el sistema intenta reducir la desigualdad y hacer más ágil la respuesta ante situaciones de pérdida y falta de recursos.

Cómo solicitar la prestación ante el INSS con los documentos y requisitos exigidos

El trámite se realiza mediante la Solicitud de Prestaciones de Supervivencia a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para facilitarlo, conviene preparar la documentación con antelación. ¿Qué necesitas exactamente? Toma nota y evita retrasos innecesarios.

  • Solicitud de Prestaciones de Supervivencia del INSS cumplimentada.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) de la persona solicitante.
  • Certificado de defunción del progenitor fallecido.
  • Libro de familia o documento que acredite el vínculo con el progenitor.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Justificantes de ingresos (nóminas, extractos bancarios o certificados del SEPE si se percibe alguna ayuda) y, en su caso, documentación que acredite la situación laboral.

Con todo ello, el INSS comprobará requisitos y resolverá la solicitud. Reunir bien las pruebas de ingresos ayuda a evitar subsanaciones.

Cuantías mínimas de la pensión de orfandad en 2025 y forma de pago

¿Cuánto se cobra? La pensión de orfandad se calcula, con carácter general, como el 20% de la base reguladora del progenitor fallecido. Para 2025 se fijan cuantías mínimas diferenciadas según el tipo de orfandad, con abono en 14 pagas (doce ordinarias más dos extras en junio y noviembre).

Tipo de orfandadCuantía mínima mensual 2025Pagas anualesPagas extra
Orfandad simple (sobrevive un progenitor)267,50 €14Junio y noviembre
Orfandad absoluta (no sobrevive ningún progenitor)930 €14Junio y noviembre

De ahí que resulte vital comprobar la situación personal y económica antes de iniciar el trámite. Por tanto, si cumples los requisitos de ingresos y compatibilidades, esta prestación puede marcar la diferencia.

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