Un trabajador de Decathlon pierde su empleo por “un detalle” de casi 200 euros con un cliente que le costó el despido

El tribunal rechaza que se tratara de una represalia y considera probado que el empleado vulneró la buena fe contractual al permitir la salida del producto tras el reembolso.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado el despido disciplinario de un trabajador de Decathlon en Lepe (Huelva) que permitió a un cliente, conocido suyo, llevarse una tabla de surf tras devolverle el dinero. La sentencia, dictada el 10 de julio de 2025, concluye que el empleado cometió una “transgresión de la buena fe contractual” y un “abuso de confianza”, causas suficientes para justificar el cese.

El trabajador, formaba parte de la plantilla desde 2018 como vendedor deportivo. El 4 de octubre de 2022 atendió a un cliente que devolvía una tabla Surfboard 900 6’ Soft, valorada en 199,99 euros, por supuestos defectos. Tras realizar el reembolso, permitió que el cliente se marchara con la tabla. Un día después, comunicó a una responsable que había entregado el producto “como gesto y bajo su responsabilidad”. La empresa, al conocer los hechos, le notificó la carta de despido el 14 de noviembre de ese mismo año, calificando la falta de “muy grave”.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía considera probada la transgresión de la buena fe contractual

La resolución del TSJA sostiene que la conducta del trabajador constituye una vulneración clara de las normas internas de Decathlon. La sentencia subraya que el gesto, aunque aparentemente de buena voluntad, supuso “un abuso de confianza” hacia la empresa, al romper el protocolo de devoluciones.

¿Hasta qué punto un “detalle” puede costar el puesto? Según el tribunal, la respuesta es clara: cuando implica un perjuicio económico y una actuación fuera del procedimiento, la confianza se quiebra.

Cronología del caso: desde la devolución hasta la sentencia firme del TSJA

FechaHecho principalDetalle relevante
4 de octubre de 2022Devolución del productoReembolso de una tabla Surfboard 900 6’ Soft (199,99 €) y salida del cliente con ella.
5 de octubre de 2022Comunicación interna del trabajadorEl trabajador informa que la entrega fue “como gesto y bajo su responsabilidad”.
14 de noviembre de 2022Despido disciplinarioLa empresa le comunica la carta por falta “muy grave”.
10 de julio de 2025Sentencia del TSJASe confirma el despido por “transgresión de la buena fe contractual”.

Esta tabla resume los principales hitos que marcaron el caso, desde el incidente inicial hasta la decisión judicial que dio por válida la actuación de la empresa.

El trabajador alegó represalias, pero el tribunal descartó cualquier vínculo con el despido

Sin embargo, el trabajador trató de defenderse alegando que su despido fue una represalia. Según su versión, semanas antes había denunciado el trato vejatorio de un superior durante la descarga de un camión y consideraba que su cese fue consecuencia directa de esa queja.

El tribunal, no obstante, rechazó de plano esa argumentación. En su fallo, el TSJA deja claro que “no existe conexión con el despido, ni que este fuera una represalia”, subrayando que la causa del cese fue “cierta, objetiva y suficiente”. En consecuencia, centró su valoración exclusivamente en la entrega irregular de la tabla de surf, sin vincularla con conflictos previos.

El texto judicial también apunta que, “a la vista del protocolo de actuación existente y de la conducta relatada, no puede sino concluirse que el actor incumplió dicho protocolo”. Esa infracción, señala, “supone una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza”. En otras palabras: el despido fue ajustado a derecho.

Qué enseñanzas deja este caso para otros empleados del sector comercial

El fallo del TSJA marca una línea clara: actuar fuera del protocolo, aunque sea por un gesto amable, puede acarrear graves consecuencias laborales. Por tanto, quienes trabajan en atención al público deben seguir las normas internas de devolución y comunicación con los superiores antes de tomar decisiones individuales.

En el entorno laboral, la buena fe debe ir acompañada de prudencia. “Querer quedar bien” con un cliente no puede justificar saltarse los procedimientos establecidos.

Además, el caso llega en un momento en el que Decathlon continúa ampliando su plantilla, con más de 200 ofertas de empleo activas en distintas provincias, lo que demuestra que la empresa mantiene su actividad pese al conflicto puntual.

En definitiva, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma que el despido fue ajustado a derecho, rechazando cualquier relación con posibles represalias internas. La sentencia, firme salvo recurso de casación, ratifica que la actuación del trabajador vulneró las normas y la confianza depositada por la empresa.
Porque, al final, en el trabajo como en la vida, la buena intención no siempre basta: lo importante es cumplir las reglas.

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