Un gerente despedido tras ser descubierto bebiendo zumo sin pagar en Mercadona: el TSJ respalda la decisión

El trabajador, con 13 años de antigüedad en la tienda de Soria, fue sorprendido tres veces consumiendo zumo exprimido sin abonar y la justicia ratifica la falta muy grave.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha declarado procedente el despido disciplinario de un gerente de Mercadona en Soria que, en un mes, bebió en tres ocasiones zumo recién exprimido de la máquina del supermercado sin pasarlo por caja. La compañía acreditó la reiteración de la conducta y el tribunal la ha calificado de falta muy grave, pese a la larga trayectoria del trabajador.

El caso del despido disciplinario por zumo en un supermercado de Soria

El incidente se inició el 10 de marzo de 2023. Al acabar su turno, el empleado se sirvió 250 ml de zumo justificándose ante una compañera con un «estaba deshidratado». Lejos de ser un hecho aislado, repitió la acción el 24 de marzo con medio litro y el 3 de abril volvió a llenar una botella, que ocultó detrás de la máquina expendedora para evitar ser descubierto.

Mercadona recordó que su política de “calidad total” permite probar ciertos productos únicamente con fines formativos, pero prohíbe expresamente el consumo de artículos sin pago previo. El gerente conocía estas normas al haber recibido la formación correspondiente.

Las pruebas internas de Mercadona y la investigación que destaparon los hechos

La conducta salió a la luz cuando la encargada de turno fotografió al trabajador y remitió la imagen por WhatsApp a su coordinadora. Recursos Humanos abrió entonces una investigación interna, recopilando fechas, fotografías y testimonios.

En la reunión disciplinaria, el empleado intentó restar importancia a los hechos alegando que solo había bebido «un culín» en dos ocasiones, versión que fue desmentida por las pruebas gráficas y las declaraciones de sus compañeras. Finalmente, la empresa emitió la carta de despido detallando cada infracción.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia respalda la política de “calidad total” de la cadena

Tras la demanda inicial ante el Juzgado de lo Social de Soria, que ya desestimó sus pretensiones, el trabajador acudió al TSJCyL alegando indefensión por una grabación de voz obtenida sin consentimiento. La Sala, mediante la sentencia 709/2023 de 11 de octubre, confirma que la grabación resulta válida porque fue realizada por una persona presente en la conversación, siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo.

Además, el tribunal subraya que la reiteración y ocultación de la conducta evidencian la gravedad de la falta, máxime en un cargo de responsabilidad y con pleno conocimiento de las normas internas.

Impacto para la plantilla de Mercadona y relevancia de la sentencia laboral en futuros conflictos

La resolución refuerza la potestad disciplinaria de las empresas para preservar sus políticas internas y sancionar el consumo no autorizado de productos. Para Mercadona, el fallo ratifica la vigencia de la “calidad total” y la obligatoriedad de pagar cualquier artículo, incluso en pruebas de funcionamiento.

En el ámbito laboral, la sentencia marca un precedente sobre la validez de pruebas obtenidas por empleados partícipes en la conversación y subraya que la antigüedad o el puesto jerárquico no eximen de responsabilidad ante infracciones reiteradas.

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