Si vas a ser padre o madre y cobras el paro, debes saber esto antes de solicitar la prestación por nacimiento del SEPE

Ambas prestaciones son incompatibles: al ser padre o madre, el paro se suspende y se cobra la de nacimiento durante 16 semanas al 100% de la base reguladora. Solo puede percibirse una a la vez.

Quien esté cobrando la prestación contributiva por desempleo y tenga un nacimiento, adopción o acogimiento verá suspendido automáticamente el paro. Después, deberá solicitar la prestación por nacimiento a la Seguridad Social, que dura 16 semanas y se abona al 100% de la base reguladora.

Quién puede solicitar la prestación por nacimiento y por qué es incompatible

¿Estás cobrando el paro y vas a ser padre o madre? La incompatibilidad es total: no se pueden cobrar ambas a la vez. La Seguridad Social, en su artículo 282, recoge que “con carácter general, la prestación y el subsidio por desempleo, serán incompatibles con la obtención de prestaciones contributivas de carácter económico de la Seguridad Social, salvo que éstas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio”.

Dicho de otro modo: al producirse el nacimiento, adopción o acogimiento, el paro se detiene y entra en juego la prestación de nacimiento.

Cómo y cuándo se suspende el paro al pedir la ayuda por nacimiento

La suspensión del paro es automática una vez se comunica la nueva situación. A partir de ese momento, se pasa a cobrar la prestación por nacimiento durante 16 semanas al 100% de la base reguladora. ¿Y si se intentara compatibilizar? No se permite: solo es posible percibir una prestación contributiva a la vez.

Para verlo de un vistazo, aquí van las diferencias clave:

AspectoParo (prestación contributiva por desempleo)Prestación por nacimiento/adopción/acogimiento
Compatibilidad entre síNo compatible con la de nacimientoNo compatible con el paro
Cuantía sobre base reguladora60% o 70%100%
Efecto al pedir la de nacimientoSe suspende automáticamenteSe cobra 16 semanas
Tras las 16 semanasSe puede reanudar desde el punto de suspensiónSe extingue

En consecuencia, la cuantía suele ser mayor durante esas 16 semanas, ya que se cobra el 100% frente al 60% o 70% del paro.

Procedimiento para comunicar al SEPE y pedir la prestación en la Seguridad Social

El orden importa. Primero, hay que comunicar al SEPE que se ha sido padre o madre para que suspenda el paro. Después, se solicita a la Seguridad Social la prestación por nacimiento. ¿Presencial u online? En la información facilitada no se detallan los canales ni documentos, pero el esquema de actuación es claro y sencillo.

A modo de guía práctica, estos son los pasos básicos:

  • Comunicar al SEPE el nacimiento, adopción o acogimiento; después, solicitar a la Seguridad Social la prestación por nacimiento de 16 semanas.

Con este itinerario, se asegura que no se generen cobros indebidos y que la transición entre prestaciones sea ordenada.

Cuantía, duración y recuperación del paro tras agotar las 16 semanas

La prestación de nacimiento dura 16 semanas y se percibe el 100% de la base reguladora. Transcurrido ese tiempo, se extingue y puede reanudarse el paro desde el momento exacto en que quedó suspendido, hasta agotarlo o encontrar empleo. ¿Qué significa en la práctica? Más ingreso durante la crianza inicial y la posibilidad de retomar después la protección por desempleo.

Ejemplo práctico: si una persona ha consumido seis meses de paro y se convierte en padre o madre, se suspende automáticamente el paro y pasa a cobrar la prestación por nacimiento durante 16 semanas. Al finalizar, recupera el paro justo donde lo dejó. Sin trampa ni cartón.

En resumen: primero se notifica al SEPE, luego se solicita la prestación por nacimiento; durante 16 semanas se cobra el 100% y, al terminar, el paro se reanuda desde el punto de suspensión. ¿La clave? Elegir cuál de las dos corresponde en cada momento, porque son incompatibles entre sí.

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