Oficial: las 11 enfermedades que abren la puerta a una jubilación anticipada a los 52 años

¿Te has planteado alguna vez si existe la posibilidad de jubilarte antes de lo previsto cuando la salud ya no acompaña? Cada vez son más las voces que reclaman la ampliación de la lista de enfermedades que dan derecho a una jubilación anticipada. En juego está la calidad de vida de miles de trabajadores con dolencias que impiden desempeñar sus funciones con normalidad.

La normativa actual para la jubilación anticipada por discapacidad, regulada por el Real Decreto 370/2023, contempla que aquellas personas con una discapacidad igual o superior al 65% pueden retirarse a los 52 años, mientras que las que alcanzan el 45% pueden hacerlo a los 56. Ahora, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) propone que la Seguridad Social incluya 11 patologías específicas con el fin de proteger a quienes las padecen:

  1. Artritis reumatoide.
  2. Encefalomielitis miálgica.
  3. Amiloidosis por Transtiretina variante (ATTRv).
  4. Enfermedad de Huntington.
  5. Parkinson.
  6. Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert).
  7. Espina bífida.
  8. Fibromialgia.
  9. Inmunodeficiencias primarias.
  10. Lupus eritematoso sistémico.
  11. Esclerosis sistémica.

Este listado supone un gran paso para muchas personas que, a causa de estas enfermedades, ven limitada su capacidad de trabajo. ¿Sería el impulso que necesitas para pedir tu jubilación anticipada?

Pasos esenciales para tramitar la jubilación anticipada por discapacidad ante la Seguridad Social

Aunque aún no se ha confirmado la ampliación para las 11 patologías, los trámites se mantienen en la misma línea:

  • Reconocimiento oficial del grado de discapacidad: es obligatorio presentar informes médicos y certificados que justifiquen el porcentaje de discapacidad.
  • Tiempo de cotización: se requieren al menos 15 años, de los cuales 5 deben haberse cotizado con una discapacidad igual o superior al 45%.
  • Solicitud en el INSS: se presenta el formulario correspondiente junto al historial laboral, la documentación médica actualizada y el certificado de discapacidad.

En muchas ocasiones, la dificultad reside en recabar todos los informes y pasar los procedimientos de evaluación. ¡Ojo con los plazos! Cualquier retraso en la tramitación puede suponer meses de espera para el reconocimiento de la pensión.

Para entender mejor las diferencias según el grado de discapacidad, a continuación se muestra una tabla que resume las edades de jubilación anticipada:

Grado de discapacidadEdad de jubilación anticipada
Igual o superior al 65%52 años
Igual o superior al 45%56 años

Como ves, alcanzar o superar el 65% de discapacidad permite acceder a la jubilación antes, y a ello se suman coeficientes reductores más favorables que no penalizan la cuantía final de la prestación.

Ventajas principales de acogerse a la jubilación anticipada cuando existe discapacidad

En primer lugar, conviene destacar que no se aplican reducciones en la pensión por adelantar la edad de jubilación en caso de discapacidad. Esto quiere decir que, en función de la base reguladora y los años cotizados, se percibe una prestación justa que compensa el esfuerzo de toda una vida laboral.

Por otro lado, si la enfermedad deriva de un accidente de trabajo o se considera enfermedad profesional, la pensión puede verse incrementada entre un 30% y un 50%. De ahí que resulte tan importante acreditar correctamente los orígenes de la dolencia y disponer de la documentación necesaria.

Finalmente, quienes sufren estas patologías experimentan un notable alivio al contar con una vía legal para retirar su actividad laboral antes de la edad ordinaria. A medida que envejecemos, las exigencias del día a día no siempre son compatibles con procesos crónicos o degenerativos, por lo que esta medida supone un respaldo que protege la salud y el bienestar de miles de trabajadores.

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