Una teleoperadora fue despedida por su empresa por una carta en burofax. La motivación de la empresa era el bajo rendimiento de la trabajadora. Sin embargo, la empleada ha recurrido a la justicia para que el despido se declarase improcedente y así ha sido. Los tribunales han avalado el tipo de despido improcedente por falta de pruebas sobre la motivación del despido y la han condenado a pagar a la demandante o a readmitirle.
La empresa demandada recurre la sentencia que la condena
La empresa recurrió la sentencia emitida con un recurso de suplicación y este también ha sido desestimado por la justicia, dando la razón a la trabajadora. Condenó a la empresa a abonar a la demandante la suma principal de solo 203,52 euros brutos, más otros 20 euros brutos en concepto de intereses por mora, y por el concepto de diferencia por vacaciones no disfrutadas en 2023. Además, tenía dos opciones: la readmisión o la indemnización.
En el caso de que optase por la readmisión, tendrían que abonar a la trabajadora: los salarios de tramitación no incompatibles correspondientes a esta ascenderán, por cada día, a contar desde el 14 de julio de 2023 (el día después del despido) y hasta su efectiva readmisión, a la suma bruta de 33,92 euros.
En el caso de que la empresa prefiere prescindir de sus servicios y pagar la indemnización, “la extinción del contrato de trabajo se entenderá efectivamente producida entre las partes en fecha 13 de julio de 2023, y deberá abonar a esta, en concepto de indemnización (conforme a su antigüedad de 4 de abril de .2022), la suma bruta de 1.492,48 euros”, declaraba la sentencia.
Finalmente, el recurso interpuesto por la empresa fue desestimado por los tribunales: “Debemos de desestimar y desestimamos el recurso de suplicación presentado contra la sentencia citada en el primer fundamento jurídico de esta sentencia, y en su virtud debemos de confirmar y confirmamos la recurrida”. A continuación se señala que ante esta sentencia aún cabe recurso de casación, por lo que no es firme.
Otros casos de teleoperadores despedidos
No es el primer caso que un caso de despedidos a teleoperadores llega a la justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia considero el despedido improcedente de una trabajadora que trabajaba como teleoperadora que se negaba a coger algunas llamadas por considerarlo insuficiente el motivo. Otro caso en el que la justicia sí que avaló el despido disciplinario fue en el que la empresa despidió a la teleoperadora porque se había realizado más de 100 llamadas a ella misma durante siete meses para descansar más.
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