La Guardia Civil ha avisado a través de sus medios sociales sobre un objeto que, a la vista de todos es aparentemente inofensivo, pero que, a partir de este momento, no se podrá portar en la cartera ni en ningún tipo de espacio público. Se tratan de las navajas plegables con forma de tarjeta.
Es un instrumento con un diseño compacto y con una gran facilidad de uso. Se la considera un arma blanca camuflada. Esto se traduce en su prohibición por parte de la Ley de Seguridad Ciudadana.
Estas representan un peligro para la ciudadanía porque en apariencia pueden parecer inofensivas, pero no lo son. Según el artículo 36.10 de la Ley de Seguridad Ciudadana, quienes sean pillados con una de estas herramientas ilegales tendrán que enfrentarse a multas que van desde los 601 euros a los 30.000 euros.
Los agentes de la Guardia Civil además, tienen la potestad de requisar todos estos objetos si lo consideran necesario.
Este producto se está poniendo muy de moda al ser muy sencillo de llevar. De hecho, es tan práctico, que si hacemos un correcto uso de él no habría ningún tipo de problemas. El caso es que no deja de ser un arma blanca camuflada que puede poner en riesgo la convivencia ciudadana. Por este motivo, la Guardia Civil es tan tajante: solo las navajas homologadas están permitidas y los agentes pueden requerirlas y retirarlas si consideran que puede existir algún tipo de peligro.
Si te ves sorprendido por los agentes de la autoridad y portas una de estas navajas, es conveniente que sepas que la multa por cometer dicha infracción grave puede alcanzar una multa de 30.000 euros.
¿En qué casos se puede llevar esta navaja?
Uno de los casos en los que la ley deja portalas es en el caso del transporte de navajas en vehículos. Esta ley establece que deben ser llevadas en el maletero o en un compartimento cerrado de manera que no sean accesibles desde el interior del coche. Aun así, si los agentes consideran insuficiente esta justificación para llevar un arma en el vehículo, el conductor podría ser multado y el arma retirada.
¿Entonces qué armas de defensa personal son legales?
Los únicos dispositivos de arma de defensa personal que son legales son los famosos sprays, puesto que han sido aprobados por el Ministerio de Sanidad, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. Estos sprays actúan sobre la nariz y el sistema respiratorio de la persona expuesta a los gases que expulsan.
Otro dispositivo de defensa personal aceptado serían las linternas estroboscópicas. Su función consiste en cegar momentáneamente a la persona sin causar daños ni lesiones irreversibles.
Esperemos que te haya sido de utilidad este artículo sobre actualidad informativa en relación con las armas de defensa personal. Si deseas conocer esta y otras noticias del tipo, no tienes más que acceder a nuestro periódico digital especializado en artículos como este. Comparte la reseña con familiares y amigos a través de las redes sociales.