La Seguridad Social, dentro de su política para reducir la vulnerabilidad de los menores de edad, continua en 2025 concediendo ayudas económicas a los padres con hijos menores de 17 años. En concreto, concede una ayuda de 1.000 euros para los padres cuyos hijos hayan nacido a partir del 1 de enero de 2007. Esta ayuda se ingresa en forma de pago único y tiene como objetivo aliviar los gastos que se derivan de la crianza de los hijos.
La prestación está regulada según el Real Decreto-ley 6/2019 y en él se establecen tanto los objetivos como los requisitos para solicitarlos. Uno de los motivos de la creación de esta ayuda es fomentar la natalidad y aliviar la carga económica de las familias, especialmente aquellas que están en situación de vulnerabilidad, son numerosas o monoparentales o algunos de los progenitores tiene alguna discapacidad.
Los requisitos para acceder a la ayuda de 1.000 euros
No todos los padres con hijos menores de 17 años podrán acceder a esta ayuda, ya que está destinada solo a aquellos que cumplen ciertos requisitos. El principal y el que determinará la concesión de los 1.000 euros son los ingresos de los hogares con hijos menores a cargo. Existen varios límites que según unas especialidades podrán subir o bajar para obtener la ayuda.
De esta forma, el límite mínimo para recibir esta ayuda es de 14.011 euros anuales en el caso de tener un hijo menor. Cuando el número de hijos aumenta, así lo hace el límite necesario. Para la familia que tenga dos hijos, el límite se sitúa en 16.112,65 euros anuales. Para los padres que tengan hasta 3 hijos menores, el límite aumenta hasta los 18.214,30 euros anuales. Y así sucesivamente, hasta, por ejemplo, para el caso de una familia con 10 hijos, el límite es de 32.925,85 euros anuales.
Para el caso de las familias de más de tres hijos, es decir, las familias numerosas que además cumplan más especialidades, el límite también variará. Estas situaciones especiales son, por ejemplo, las familias monoparentales o las familias en las que alguno de los progenitores tiene alguna discapacidad. Si, por ejemplo, además de tener el título de familia numerosa, se cumple una de estas condiciones, el límite será de 21.086 euros anuales cuando sean 3 hijos menores, 24.502 euros anuales cuando sean 4 hijos y así sucesivamente.
Compatibilidades e incompatibilidades de esta ayuda
Esta ayuda será compatible con otras ayudas, por ejemplo: con la prestación por parto o adopción múltiple, la pensión de orfandad o el subsidio especial de maternidad por parto múltiple causada por un mismo sujeto. Pero también tiene ciertas incompatibilidades, como la concurrencia en ambos progenitores de las circunstancias necesarias para tener la condición de beneficiarios o cuando el sujeto causante de la percepción de la ayuda pueda tener derecho a la misma prestación en varios regímenes públicos de protección social. En este último caso, se deberá optar por uno de ellos.
Para presentar esta solicitud, habrá qué presentar una serie de documentos que acrediten que, efectivamente, somos candidatos para recibir esta ayuda. La Seguridad Social enumera estos documentos, entre los que están el DNI o certificado de residencia, el certificado de empadronamiento, libro de familia, justificante de ingresos, título en vigor de familia numerosa, etc. Cada caso requerirá la presentación de unos documentos específicos u otros.
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