Las familias con hijos o menores a cargo pueden beneficiarse en 2025 de una de las ayudas menos conocidas de la Seguridad Social: la prestación económica por hijo a cargo. En especial, quienes cuidan de menores con algún grado de discapacidad pueden llegar a percibir importes que superan los 8.500 euros anuales. Su objetivo principal es aliviar el gasto familiar y garantizar una calidad de vida digna para todos los miembros del hogar.
En líneas generales, se trata de una ayuda de carácter no contributivo que la Seguridad Social otorga cada semestre o de manera mensual, dependiendo de la edad y el porcentaje de discapacidad del menor o adulto a cargo. Sin embargo, para disfrutar de este beneficio, conviene conocer los requisitos, los límites de ingresos y los pasos de solicitud que marca la normativa vigente.
Los nuevos requisitos fundamentales para solicitar la ayuda por hijo a cargo en 2025
Según explica la propia Seguridad Social, la asignación económica por hijo a cargo se concede a progenitores, tutores o adoptantes que cumplan con estos requisitos:
- Tener a su cargo un menor de 18 años o un mayor de edad con discapacidad igual o superior al 65%.
- Residir de forma legal en España.
- No superar la renta anual establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (12.424 euros al año para hogares con un solo hijo, incrementándose en un 15% por cada menor adicional).
- En el caso de familias numerosas, el límite es de 18.699 euros, sumándose 3.029 euros por cada hijo a partir del cuarto.
- No tener derecho a recibir una prestación de la misma naturaleza en otro régimen público de protección social.
Conviene destacar que, si el hijo o menor a cargo posee un grado de discapacidad (igual o superior al 33% si es menor de edad, o al 65% si es mayor), no se aplican límites de ingresos para tener derecho a la prestación.
Cómo y cuándo presentar la solicitud de la prestación familiar a la Seguridad Social
Las personas interesadas deben presentar la solicitud ante los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. Es imprescindible pedir cita previa y llevar la documentación que acredite el vínculo familiar o de tutela, así como el grado de discapacidad, si procede. Para quienes prefieran la vía telemática, el organismo público permite tramitar la prestación a través de su sede electrónica:
- Rellenar el formulario oficial de solicitud de prestación por hijo a cargo.
- Adjuntar la documentación necesaria, como el DNI o NIE, el certificado de discapacidad (si procede) y el justificante de la situación familiar.
- Firmar digitalmente en el caso de realizar la gestión online mediante la plataforma de la Seguridad Social.
Los pagos se efectúan sin pagas extraordinarias:
- Si el hijo o menor a cargo es menor de 18 años, la asignación llega dos veces al año, en enero y julio.
- Si es mayor de edad con al menos un 65% de discapacidad, la prestación se cobra mensualmente.
Cuantías de hasta 8.707 euros anuales para familias con discapacidad
La cantidad a percibir depende, sobre todo, del grado de discapacidad del hijo o menor y de su edad. Concretamente, la Seguridad Social contempla los siguientes importes:
Situación del hijo o menor a cargo | Cuantía anual (euros) | Pago estimado |
---|---|---|
Menor de 18 años sin discapacidad | 588,00 | 49,00 €/mes |
Menor de 18 años con discapacidad ≥ 33% | 1.000,00 | 83,33 €/mes |
Mayor de 18 años con discapacidad ≥ 65% | 5.805,60 | 483,80 €/mes |
Mayor de 18 años con discapacidad ≥ 75% (dependencia) | 8.707,20 | 725,60 €/mes |
Como se aprecia en la tabla, las familias con hijos mayores de edad que presentan un grado de discapacidad igual o superior al 75% pueden recibir hasta 8.707,20 euros anuales, lo que supone un apoyo económico relevante para cubrir sus necesidades diarias.
Límites de ingresos económicos y compatibilidades de la ayuda por hijo a cargo
En el caso de los niños sin discapacidad, la principal barrera para acceder a la prestación es la renta familiar. Los límites de ingresos fijados para 2025 se sitúan en 12.424 euros anuales, a los que se añade un 15% adicional por cada hijo a cargo. Las familias numerosas pueden alcanzar ingresos de 18.699 euros, incrementados en 3.029 euros por cada nuevo miembro desde el cuarto descendiente.
Respecto a las compatibilidades, el beneficiario no puede cobrar esta misma prestación en otro régimen público. Además, si hubiera un cambio en la situación familiar (por ejemplo, si se supera el límite de ingresos, fallece el hijo o se reduce el grado de discapacidad por debajo del umbral exigido), la ayuda podría extinguirse.
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