La Seguridad Social avisa: los trabajadores que se jubilan entre 2024 y 2027 tienen una buena noticia

La Seguridad Social ha identificado al grupo que podrá percibir el total de su base reguladora al jubilarse, siempre que cumpla edad y cotización. La noticia despeja dudas a quienes están a punto de retirarse y miran el calendario con lupa.

La jubilación preocupa a millones de trabajadores. En un contexto de reformas para asegurar la viabilidad del sistema, el último anuncio oficial aporta certezas: quienes nacieron entre 1960 y 1970 podrán cobrar el 100% de la pensión si alcanzan la edad legal y el periodo mínimo de cotización exigido por la normativa.

Quiénes pueden solicitar el 100% de la pensión de jubilación y por qué según la Seguridad Social

¿Formas parte de este grupo y cumples la cotización exigida? Si naciste entre 1960 y 1970, la Seguridad Social confirma que podrás percibir el 100% de tu base reguladora como pensión cuando alcances la edad ordinaria y el tiempo mínimo de cotización. En pocas palabras, no basta con la fecha de nacimiento: hay que llegar a los años de aportaciones que marca la ley.

Esta aclaración es relevante para quienes ultiman su retiro. Por lo tanto, la clave está en encajar dos piezas: edad y cotización. De ahí que convenga revisar cuántos años figuran en tu vida laboral y en qué fecha cumples la edad ordinaria.

Fechas, edades y periodos de cotización exigidos entre 2024 y 2027 para cobrar la pensión completa

Para orientarte mejor, a continuación se resume, año a año, la edad ordinaria y la cotización que permiten acceder al 100% de la pensión. Si no se alcanza ese tiempo mínimo, la edad se retrasa.

AñoEdad ordinaria con cotización exigidaEdad si no se alcanza esa cotización
202465 años con 38 o más años cotizados66 años y 6 meses
202565 años con 38 años y 3 meses66 años y 8 meses
202665 años con 38 años y 3 meses66 años y 10 meses
202765 años con 38 años y 6 meses67 años

Como ves, la progresión culmina en 2027. En consecuencia, quienes no alcancen el umbral de cotización deberán esperar a una edad superior para llegar al 100% de la prestación.

Jubilación anticipada: requisitos oficiales, penalizaciones por adelanto y casos que permiten salir antes

También es posible retirarse antes de la edad legal, aunque con una penalización en el importe de la pensión. Actualmente, se puede acceder a los 63 años si se han cotizado al menos 38 años; en caso contrario, la edad mínima se sitúa en 64 años y 6 meses. ¿Compensa adelantar la salida? Depende de tu carrera de cotización y de cuánto aceptes reducir la cuantía.

Además, existen requisitos adicionales que conviene tener muy presentes:

  • Haber cotizado un mínimo de 35 años (sin contar pagas extra ni periodos previos a 1967).
  • Aportar al menos dos años dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la solicitud.

Hay, asimismo, situaciones que permiten adelantar aún más la jubilación: los mutualistas pueden hacerlo desde los 60 años; las personas con discapacidad reconocida (45% o 65%, según el caso) disponen de vías específicas; y determinados trabajos de riesgo, como bomberos, artistas, ferroviarios o personal incluido en el Estatuto Minero, cuentan con reglas especiales por su exigencia física o condiciones laborales. Por consiguiente, conviene revisar cada supuesto antes de decidir.

En primer lugar, identifica tu año de nacimiento. Después, comprueba tu vida laboral y el tiempo cotizado. Finalmente, valora si te interesa la vía ordinaria (para el 100%) o la anticipada con reducción. Un par de meses de diferencia en la cotización pueden inclinar la balanza.

En resumen, la Seguridad Social pone nombre y apellidos al grupo que puede asegurar el 100%: nacidos entre 1960 y 1970 que alcancen la edad y la cotización exigidas. Por tanto, planificar bien el final de la vida laboral es la mejor herramienta para no llevarse sorpresas.

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