La Seguridad Social anuncia un cambio clave: los mayores de 52 años ya pueden solicitar la pensión de orfandad

El Gobierno introduce un salvavidas para quienes pierdan a sus progenitores en edad madura: podrán cobrar hasta 930 euros al mes si cumplen las nuevas condiciones.

La reforma del sistema de prestaciones acaba de sumar un beneficiario inesperado. A partir del 1 de enero de 2025, los españoles de 52 años o más que queden huérfanos y atraviesen una situación económica delicada tendrán derecho a la pensión de orfandad. La medida, impulsada por la Seguridad Social y el Ejecutivo, busca reforzar la red de protección frente a la desigualdad y la exclusión.

Desde cuándo y por qué se abre la pensión de orfandad a mayores de 52 años en 2025

La ayuda, hasta ahora reservada a menores de 21 años (o 25 si estudian) y a personas con discapacidad absoluta, se extiende tras constatarse que más de 55.000 hogares con adultos de entre 52 y 64 años dependen de un solo progenitor. El cambio entrará en vigor el 1 de enero de 2025 y pretende evitar que la pérdida de un padre o una madre se traduzca, además, en pobreza severa. ¿Te interesa saber si podrías beneficiarte? A continuación te mostramos los requisitos económicos y personales para que los mayores de 52 años cobren la pensión de orfandad:

  • Ingresos: no superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 16.576 € anuales.
  • Otras pensiones: no percibir ninguna contributiva.
  • Actividad laboral: estar desempleado o, si se trabaja, cobrar por debajo del SMI.

Como ves, el foco está en quienes, tras la pérdida, carecen de un colchón económico. De ahí que la Administración exija “vulnerabilidad acreditada”. ¡Ojo! Haber cumplido 52 años es solo el primer filtro.

Paso a paso para solicitar la nueva pensión de orfandad del Instituto Nacional de la Seguridad Social

El procedimiento combina trámites presenciales y online. Toma nota:

  1. Rellenar el formulario de Prestaciones de Supervivencia descargable en la sede electrónica del INSS o disponible en las oficinas.
  2. Adjuntar documentación: DNI, certificado de defunción, libro de familia, justificantes de ingresos (nóminas, extractos o certificados del SEPE) y, si procede, vida laboral.
  3. Presentación:
    • En persona: pedir cita previa y entregar el expediente completo.
    • Por internet: mediante certificado digital, DNI e o Cl@ve.

Tras la entrega, el INSS dispone de 90 días para resolver. Si hay silencio administrativo, se entiende desestimada, pero siempre cabe recurso. ¿Lo sabías?

Cuantías, pagas extra y simulación de cuánto se cobra en 2025 con la ayuda ampliada

Para que te hagas una idea rápida, revisa la siguiente tabla:

Situación del huérfanoPorcentaje de la base reguladoraImporte mínimo mensual (2025)
Orfandad simple (sobrevive un progenitor)20 %267,50 €
Orfandad absoluta (no sobrevive ninguno)52 %*930 €

*El 52 % resulta de la suma de varias asignaciones previstas en la ley.

Estos importes se pagan en 14 mensualidades: las 12 ordinarias más las extraordinarias de junio y noviembre. Imagina que tu padre cotizaba una base reguladora de 1.200 €; en orfandad simple cobrarías 240 €, pero nunca menos del mínimo legal, así que percibirías 267,50 €. Nada mal para empezar de nuevo, ¿verdad?

Posteriormente, la pensión se revaloriza cada 1 de enero con el IPC previsto, igual que el resto de prestaciones públicas. Por consiguiente, tu poder adquisitivo queda, en principio, protegido frente a la inflación.

Documentación adicional, plazos y trucos para no perder la ayuda en el proceso

No olvides empadronarte en el municipio donde resides, presentar la solicitud dentro de los cinco años siguientes al fallecimiento y actualizar cada ejercicio tus ingresos.

De hecho, el INSS puede requerirte datos bancarios o certificados de empresa para comprobar que sigues por debajo del SMI. Por otro lado, si encuentras trabajo y superas ese tope, la pensión se suspenderá; se reactiva si vuelves a reunir los requisitos.

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