La Agencia Tributaria condona importes menores de tres euros desde junio de 2022. Además, el SMI de 2025 (1.184 € al mes en 14 pagas) es inembargable, protegiendo sueldos y pensiones.
Los contribuyentes pueden acumular deudas por IRPF u otros tributos. La clave es saber qué cuantías se perdonan y hasta dónde puede llegar un embargo. Aquí explicamos los límites, cómo comprobar si tienes una deuda y el paso a paso para regularizarla sin complicaciones. ¿Te interesa saber si esto te beneficia?
Deudas inferiores a tres euros: qué establece el BOE y por qué Hacienda las perdona
Desde junio de 2022, se condonan las deudas que no alcanzan los tres euros. La medida se recoge en una resolución conjunta publicada en el BOE por la Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de la AEAT. ¿La razón? Motivos económicos y de gestión de recursos.
En pocas palabras, recaudar importes tan bajos sale más caro que el propio ingreso. Por eso, cuando la cuantía pendiente es inferior a tres euros, la deuda se perdona y el contribuyente queda libre de pago por ese concepto. Un alivio pequeño, sí, pero práctico.
Embargos y salarios: el SMI inembargable protege sueldos y pensiones en 2025
El Estatuto de los Trabajadores (art. 27.2) impide que un embargo deje al ciudadano por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Esto incluye a pensionistas, ya que su pensión cuenta como rendimiento del trabajo. Por tanto, el SMI es inembargable.
Para tenerlo claro, estos son los límites clave que conviene recordar:
| Concepto | Importe o regla |
|---|---|
| Deudas condonadas por Hacienda | Inferiores a 3 euros (desde junio de 2022) |
| SMI inembargable en 2025 | 1.184 € al mes, en 14 pagas anuales |
| Base legal principal | Resolución en BOE y art. 27.2 del Estatuto |
A partir de ese umbral, sí pueden embargarse importes según los porcentajes que correspondan a la cantidad adeudada. Lo esencial es que no te pueden dejar por debajo del SMI vigente.
Cómo consultar si tienes deudas con la Agencia Tributaria por internet o en oficina
¿Te preguntas si tienes “algo pendiente” con Hacienda? Hay dos vías. La presencial, acudiendo a una oficina de la Agencia Tributaria con cita previa. Y la online, la más rápida, mediante la Sede Electrónica en el apartado “Consultar deudas”.
En la vía digital, puedes identificarte con DNI, certificado digital o DNI electrónico. El sistema muestra al momento si existen deudas y su detalle. De ahí que muchos contribuyentes opten por esta opción: es inmediata y permite actuar al instante.
Pasos prácticos para pagar o regularizar tu deuda desde la Sede Electrónica
Antes de empezar, ten a mano tu documento de identificación y un medio de pago. Así, el trámite no tiene pérdida:
- Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Entra en el apartado “Consultar deudas” e identifícate (DNI, certificado o DNIe).
- Revisa el detalle de la deuda: importe, concepto y estado.
- Utiliza la pasarela de pago habilitada para saldar el importe pendiente.
- Descarga el justificante en PDF y guarda la copia para tu archivo.
Si prefieres el canal presencial, también puedes gestionar el pago en oficina con cita previa. En cualquier caso, tras abonar, podrás descargar un justificante que acredita que estás al corriente con la Administración.
Las deudas inferiores a tres euros se perdonan por eficiencia administrativa, y el SMI protege frente a embargos que dejen ingresos por debajo de 1.184 euros al mes en 2025. ¿La recomendación? Comprobar tu situación en “Consultar deudas” y regularizar cuanto antes si corresponde.
