Del 9 al 13 de marzo de 2026 Cataluña mantiene activa una convocatoria de ayudas de 250 euros mensuales para jóvenes de hasta 35 años que viven de alquiler o van a firmar contrato. El programa busca facilitar que las personas jóvenes puedan seguir en su vivienda o habitación de alquiler. ¿Pagas alquiler en Cataluña y aún no has cumplido los 36? Entonces esta prestación puede ayudarte a llegar a fin de mes.
Requisitos personales y económicos del Bono Alquiler Joven en Cataluña
Para pedirla hay que tener hasta 35 años, vivir legalmente en Cataluña y que la vivienda o habitación sea domicilio permanente. También es obligatorio estar empadronado allí y no deber mensualidades de alquiler al presentar la solicitud.
Los ingresos deben ser regulares y no superiores a 25.200 euros, tomando como referencia rentas de 2024, 2025 o 2026, con reglas específicas cuando se comparte vivienda o se alquila una habitación y según quién figure en el contrato.
Condiciones del contrato de alquiler, recibos y documentación para acceder al bono
El contrato de alquiler o cesión de uso debe estar a nombre de la persona solicitante y corresponder a la vivienda o habitación que ocupa. En el caso de habitaciones, ha de ser escrito y recoger partes, precio, vigencia y, cuando subarrienda el inquilino, el consentimiento de la propiedad.
Si aún no hay contrato, podrá firmarse hasta dos meses después de notificarse la ayuda. Los recibos de alquiler de 2026, todos pagados, se justifican con transferencias, recibos domiciliados, ingresos en cuenta, Bizum o recibos de la administración de la finca, donde deben aparecer inquilino y arrendador, cantidad pagada y mes.
Importe de la subvención, límites de alquiler por zonas y plazos para solicitarla
La subvención es de 250 euros al mes, con el límite de la renta o del precio de cesión; si la renta es inferior la ayuda se ajusta y, si hay varios beneficiarios, la suma de sus subvenciones no puede superar el alquiler.
Para poder acceder, el precio del contrato no puede superar unos máximos que varían según la zona de Cataluña y si se alquila una vivienda completa o una habitación. Estos son los principales límites establecidos:
| Zona | Máximo vivienda (€) | Máximo habitación (€) |
|---|---|---|
| Área metropolitana de Barcelona | 900 | 450 |
| Resto de la demarcación de Barcelona | 650 | 350 |
| Demarcación de Girona | 750 | 400 |
| Demarcación de Tarragona | 700 | 350 |
| Demarcación de Lleida | 600 | 300 |
| Terres de l’Ebre | 600 | 300 |
El alquiler debe situarse por debajo de estos topes según la demarcación. La convocatoria está activa en Gencat y el plazo de solicitudes va del 9 de marzo de 2026 a las 09:00 horas al 13 de marzo de 2026 a las 14:00 horas, así que conviene reunir contrato, padrón, acreditación de ingresos y recibos y no dejar la gestión para el último día.
