Hacienda permite una deducción total de 2.550 euros en la Renta por ascendientes a cargo de 1.150 euros por mayores de 65 y 1.400 adicionales desde los 75 años.
Quienes convivan con un ascendiente de al menos 75 años, o lo tengan a su cargo, pueden aplicar en la Declaración de la Renta una deducción conjunta de 2.550 euros. Se compone de 1.150 euros (por mayor de 65) más 1.400 euros adicionales si el ascendiente alcanza los 75 años. El propósito es aliviar gastos básicos en hogares con personas mayores con pocos ingresos.
¿Cuánto dinero puedes deducirte en la Declaración de la Renta por convivir con mayores de 75 años? La deducción es estatal y se dirige a contribuyentes con ascendientes (padres, madres, abuelos o bisabuelos, por naturaleza o adopción) que vivan en casa o estén a cargo. ¿La cifra exacta? 1.150 euros por el mayor de 65 años más 1.400 euros si tiene 75 o más: total 2.550 euros. Algunas comunidades, además, añaden ventajas propias que pueden complementar este beneficio.
Requisitos oficiales para aplicar la deducción estatal de 2.550 euros por ascendientes a cargo mayores de 75 años
Antes de lanzarte, conviene repasar las condiciones. ¿Quiénes pueden solicitar esta ayuda y por qué? A continuación, el listado con los requisitos clave para no perder la deducción:
- Ser un ascendiente del contribuyente.
- Tener 65 o más años para la deducción general (1.150 €) y 75 o más para la adicional (1.400 €) a fecha de devengo; también procede si existe discapacidad reconocida del 33% o superior.
- En caso de discapacidad, la edad no limita el derecho.
- Convivencia mínima de medio año en el domicilio familiar.
- Rentas del ascendiente no superiores a 8.000 euros anuales.
- Si depende del contribuyente pero está internado en un centro especializado, la deducción también puede aplicarse.
- No se aplica a contribuyentes que declaren un IRPF de más de 1.800 euros.
Si convives al menos medio año con tu padre, madre o abuelo, con ingresos bajos y cumples estas condiciones, tienes muchas papeletas para aplicarla.
¿Cómo y dónde solicitar la deducción en el borrador de la Renta paso a paso sin perder ningún requisito clave? El trámite es sencillo: se indica en el borrador de la Declaración de la Renta que existe un ascendiente a cargo con la edad correspondiente. Puede reflejarse al presentar el borrador. ¿Un consejo? Revisa que consten la convivencia, la edad y, si procede, el porcentaje de discapacidad. Así evitarás sustos de última hora.
Importes y deducciones en Comunidades Autónomas que complementan el mínimo por ascendiente y cuidado de mayores
Además del beneficio estatal, algunas comunidades contemplan deducciones propias para estos supuestos. A modo orientativo, estas son las cuantías y notas principales:
| Comunidad Autónoma | Cuantía y condición destacada |
|---|---|
| Andalucía | 100 € para familias parentales; incluye casos con ascendientes de 75 años. |
| Comunidad Valenciana | 197 € por cada ascendiente mayor de 75 o mayor de 65 con discapacidad ≥ 33%. |
| Castilla-La Mancha | 150 € por mayores de 75 años cumpliendo los requisitos generales. |
| Aragón | 150 € por personas dependientes a cargo; incluyen mayores de 75 o discapacidad ≥ 65%. |
| Comunidad de Madrid | 1.546,50 € por cada mayor de 65 o discapacidad reconocida ≥ 33%. |
| Islas Canarias | 600 € por ascendiente o descendiente con discapacidad reconocida ≥ 65%. |
Estas deducciones autonómicas son compatibles con el beneficio estatal, siempre que se ajusten a las normas de cada territorio. Por tanto, conviene revisar tu caso concreto para sumar correctamente.
Ejemplo para entender la suma de deducciones por mayores de 65 y 75 años en un hogar
Imaginemos un matrimonio que convive todo el año con la madre de él (68 años y 4.000 € de renta) y con el padre de ella (78 años, sin rentas). En la Renta podrían deducirse 1.150 € por la madre (mayor de 65) + 1.150 € por el padre (mayor de 65) + 1.400 € adicionales por tener 75 o más, haciendo un total de 3.700 euros. Si alguno no conviviese al menos medio año con los contribuyentes, la deducción por ese ascendiente no procedería. Así de claro.
¿Te ves reflejado en este supuesto? Si la respuesta es sí, no te líes: revisa los requisitos, verifica la convivencia y refleja la situación en el borrador. Es una ayuda que puede marcar la diferencia en el presupuesto del año.
