El SEPE advierte de posibles sanciones y devoluciones por no declarar ingresos en el subsidio de mayores de 52 años

Quien cobre más del 75% del SMI (888 euros mensuales) verá suspendida la ayuda; además, deberá presentar la Declaración Anual de Rentas y el IRPF conforme a la reforma de 2024.

El Servicio Público de Empleo Estatal suspenderá el subsidio para mayores de 52 años cuando el beneficiario supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional: 888 euros al mes. Si hay cobros indebidos por no comunicar la subida de ingresos, podrá exigir la devolución de las cantidades.

¿Quién puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años del SEPE y por qué? Este subsidio se dirige a desempleados de 52 años o más y se cobra de forma indefinida hasta encontrar empleo o alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Para mantenerlo, se exige la llamada carencia de rentas: no superar el 75% del SMI, es decir, 888 euros mensuales. ¿Te pasas de ese límite o crees que puedes pasarte en breve? Debes avisar de inmediato al SEPE.

Fechas y obligación de la declaración anual de rentas e IRPF según el Real Decreto 2/2024

Además de notificar cualquier incremento, los beneficiarios tienen que presentar la Declaración Anual de Rentas (DAR) una vez al año: cada 12 meses desde que nació el derecho o desde la última reanudación, dentro de los 15 días hábiles siguientes. A ello se suma la obligación de presentar la declaración del IRPF ante Hacienda, con independencia del nivel de ingresos, de acuerdo con la reforma de los subsidios por desempleo aprobada en 2024. En la práctica, más vale prevenir: cumplir plazos evita sustos.

Resumen rápido de umbrales y plazos

AspectoDato clave
Límite de ingresos para mantener la ayuda75% del SMI: 888 € al mes
Periodicidad de la DARCada 12 meses desde alta o reanudación
Plazo para presentar la DAR15 días hábiles tras cumplirse el año
Obligación adicionalPresentar la declaración del IRPF

Presentar estos trámites en tiempo y forma es clave para que el pago no se interrumpa y para demostrar que se mantiene la carencia de rentas.

Procedimiento del SEPE para suspender, reactivar o extinguir el subsidio cuando se superan rentas

Si se supera el umbral de 888 euros, el SEPE suspenderá la prestación. No se trata de una pérdida definitiva, sino de una suspensión temporal: si el incumplimiento dura menos de 12 meses y el beneficiario vuelve a situarse por debajo del límite, podrá pedir la reactivación. ¿Qué ocurre si no se comunica una variación relevante, como una herencia? El organismo podrá reclamar la devolución de lo cobrado indebidamente. Incluso puede abrirse un procedimiento sancionador que termine en extinción, según la LISOS. Existen precedentes judiciales, como un caso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que se extinguió el subsidio por no informar de una herencia.

Cómo comunicar variaciones de ingresos para evitar devoluciones y sanciones

Intervienen el SEPE (gestión del subsidio y control de rentas) y la Agencia Tributaria (declaración del IRPF). Lo esencial es informar con rapidez cualquier subida de ingresos o patrimonio para evitar cobros indebidos. ¿Cómo actuar paso a paso?

  1. Comunicar inmediatamente al SEPE que has superado o prevés superar el 75% del SMI, aportando los justificantes que correspondan.
  2. Presentar la Declaración Anual de Rentas en plazo y, en todo caso, la declaración del IRPF.
  3. Si tus ingresos vuelven a situarse por debajo del límite dentro de los 12 meses, solicitar la reactivación del subsidio.

Por tanto, avisar a tiempo y cumplir la DAR y el IRPF evita la suspensión prolongada y posibles devoluciones. Los 888 euros es la cifra que marca la diferencia entre seguir cobrando la ayuda o verla interrumpida.

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