Confirmado: nueva ley permitirá al farmacéutico renovar recetas y ahorrará visitas al ambulatorio

La nueva Ley de Medicamentos amplía las funciones de la botica y rebaja el copago a las rentas bajas.

La normativa de Medicamentos y Productos Sanitarios es un cambio de guion: dentro de poco no será imprescindible pedir cita para que el médico reexpida tratamientos de larga duración. Con la reforma, los farmacéuticos ganan competencias para sustituir presentaciones, prolongar recetas y dispensar fármacos de primera prescripción, mientras el sistema de copago se vuelve más proporcional a los ingresos.

Quiénes se beneficiarán de que el farmacéutico pueda repetir la receta sin volver al ambulatorio

La medida está pensada para pacientes con patologías crónicas estables. ¿Te imaginas evitar la sala de espera solo para recargar tu caja de pastillas? Ya se ha dado el visto bueno del anteproyecto de Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios, aprobado por el Consejo de Ministros en primera vuelta el 8 de abril de 2025, aunque falta la aprobación final por parte del Parlamento.

El texto crea cuatro nuevos tramos de copago, sube la aportación de las rentas altas y la reduce para los salarios más bajos. De ahí que Sanidad calcule un ahorro anual de hasta 150 millones de euros para la ciudadanía. Además, introduce la receta por principio activo y la sustitución farmacéutica, de modo que si tu paracetamol en sobres no está disponible, el profesional podrá ofrecerte comprimidos equivalentes sin que vuelvas al centro de salud. ¿Qué enfermedades entran dentro de la renovación automática?

  • Migrañas diagnosticadas con tratamiento mantenido
  • Hipertensión arterial controlada
  • Diabetes tipo 2 estable
  • Hipercolesterolemia con estatinas de uso prolongado
  • Dolor crónico leve‑moderado tratado con analgésicos básicos

Estos supuestos no son cerrados: el Ministerio de Sanidad publicará una lista oficial y actualizable según la evidencia clínica.

Documentación que será necesaria para renovar la medicación

El procedimiento será sencillo. En primer lugar, la receta electrónica mostrará el número de dispensaciones que el farmacéutico puede renovar sin intervención médica. Bastará presentar la tarjeta sanitaria y el DNI. Si prefieres el canal online, podrás autorizar la repetición desde la aplicación de tu servicio autonómico de salud, siempre que la farmacia disponga de tu historial actualizado. Esto quiere decir, en cristiano, que no tendrás que mendigar citas “para lo de siempre”.

Antes de entregar el fármaco, el profesional confirmará que no hay contraindicaciones nuevas y registrará la dispensación en tu historial. «Tendremos más recursos para que los pacientes no tengáis que ir tanto al ambulatorio», resume el farmacéutico e influencer Carlos Sebastián, que ha difundido la reforma en redes sociales. A continuación se muestra cómo quedarán los nuevos porcentajes de aportaciones:

Tramo de ingresos anuales9.000 a 18.00018.000 a 35.00035.000 a 60.00060.000 a 100.000
Porcentaje de copago40 %50 %55 %60 %

Los pensionistas también verán cambios, ya que dicho colectivo deberá de abonar el 10 % del precio. En este sentido, las personas jubiladas que cobren más de 60.000 euros tendrán que pagar entre el 60 % y el 65 %, según los casos. Por otro lado, estarán exentos de pago los afectados por síndrome tóxico, personas con discapacidad, los perceptores de rentas mínimas o menores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, entre otros.

Deja un comentario