Pagar cierra el recurso administrativo, pero todavía queda una salida: la vía contencioso‑administrativa avalada por la sentencia 232/2021 del Supremo. Dirigido a conductores que abonaron con pronto pago y ahora quieren recuperar el importe.
Muchos conductores pagan cuanto antes para aprovechar el descuento del pronto pago. Al hacerlo, se reconoce la responsabilidad y se renuncia al recurso por la vía administrativa, salvo vulneración de derechos fundamentales, según el artículo 85 de la Ley 39/2015. Aun así, existe una alternativa para recuperar el dinero: acudir a la vía judicial contencioso‑administrativa.
Quién puede reclamar la devolución de una multa de tráfico ya pagada y por qué
¿Pagaste y sigues pensando que la sanción fue injusta? Puedes reclamar. Las llamadas “multas exprés” fomentan el pago rápido, pero la sentencia 232/2021 del Tribunal Supremo confirma que, pese a haber abonado, es posible solicitar la devolución por la vía judicial. De ahí que no todo termine con el recibo del pago.
El plazo máximo para presentar la reclamación es de dos meses a partir del día del pago. Es un margen claro y breve: si te lo estás pensando, mejor no apures. Conviene contar con el apoyo de un abogado para preparar el expediente y la demanda, porque cada documento suma.
Procedimiento paso a paso para pedir la devolución por la vía judicial contencioso‑administrativa
A continuación, el itinerario básico para reclamar y pedir la devolución del importe. ¿Listo para ordenar papeles?
- Reunir toda la documentación de la multa: boletín de denuncia, justificante del pago y anexos entregados (fotos, identificación del denunciante, etcétera).
- Acceder al expediente administrativo y obtener copias: imágenes, vídeos y certificados de calibración del radar, entre otros.
- Redactar y presentar la demanda contencioso‑administrativa con un relato de hechos y todas las pruebas.
- Solicitar la anulación de la sanción y la devolución del dinero; también se puede pedir la suspensión de la ejecución del acto sancionador.
- Tras las pruebas, el juzgado decidirá si hay vista y dictará sentencia: si es favorable, se anula la sanción y se devuelve lo pagado; si es desestimatoria, la Administración mantiene el importe.
Sí, el papeleo es intenso, pero no imposible si se sigue el guion.
Cómo y ante qué organismos pedir la devolución por error de pago sin ir a juicio
¿Te equivocaste al pagar dos veces o abonaste una cantidad distinta a la correcta? En estos casos no hace falta acudir al juzgado. La devolución se tramita en una jefatura de Tráfico o a través del Registro Electrónico de la DGT; el procedimiento es gratuito. Importante: gestiona la solicitud ante el órgano que impuso la multa. Si sancionó un ayuntamiento, reclamar en Tráfico no servirá.
Para verlo de un vistazo, este cuadro reúne las opciones principales y dónde acudir en cada caso.
| Supuesto | Vía disponible | Plazo | Dónde se tramita |
|---|---|---|---|
| Pago realizado y disconformidad con la sanción | Reclamación judicial contencioso‑administrativa para anulación y devolución | Dos meses desde el día del pago | Juzgados de lo contencioso‑administrativo |
| Error en el pago (doble pago o importe incorrecto) | Solicitud de devolución sin juicio | No indicado en la información facilitada | Jefatura de Tráfico o Registro Electrónico de la DGT; si sanciona un ayuntamiento, ante ese ayuntamiento |
Por tanto, hay dos caminos: el judicial cuando se discute la sanción tras haber pagado, y el administrativo directo cuando hubo un error al abonar. En ambos, una buena organización de documentos marca la diferencia.
