El servicio militar obligatorio puede sumar hasta un año de cotización, aunque solo en determinados supuestos de jubilación anticipada. ¿Te interesa saber más?
La posibilidad de sumar el tiempo de la mili a la vida laboral es un recurso poco conocido que, sin embargo, puede marcar la diferencia para quienes deseen retirarse de manera anticipada. Según ha informado la propia Seguridad Social, el periodo dedicado tanto al servicio militar obligatorio como a la prestación social sustitutoria puede reconocerse hasta un máximo de 12 meses en el caso de la jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria.
Por qué la mili y la prestación social sustitutoria se cuentan únicamente para jubilarse antes de la edad legal
El primer punto que aclara la Seguridad Social es que este beneficio no afecta a la jubilación ordinaria. De hecho, el tiempo del servicio militar no se computa como cotizado si se pretende alcanzar la edad legal de 65 o 66 años y 8 meses (según las cotizaciones acumuladas). Sin embargo, si el objetivo es adelantar la fecha de retiro, contar con este reconocimiento puede marcar la diferencia.
¿En qué supuestos conlleva una ventaja real? La mili funciona como complemento para quienes planean solicitar la jubilación anticipada. Tanto en la modalidad voluntaria como en la involuntaria, se exige acreditar un mínimo de años cotizados que, en ocasiones, no siempre se cumple. Ahí es cuando los interesados pueden recurrir a este “extra” de tiempo para alcanzar los requisitos legales.
Pasos y documentación para que la Seguridad Social reconozca tu periodo de servicio militar
Ojo con los plazos y la burocracia: para que la mili compute, es necesario obtener un certificado oficial del Ministerio de Defensa. El trámite se realiza en la Delegación de la provincia donde la persona residía al incorporarse al servicio. Una vez allí, se presenta:
- Instancia oficial para solicitar el certificado.
- Copia del DNI y, si se conserva, la cartilla militar.
- Documentación adicional en caso de excedente o periodos voluntarios.
Posteriormente, con ese certificado, se acude a las oficinas de la Seguridad Social para que verifique y sume los meses correspondientes a la vida laboral. De esta manera, el trabajador podrá acreditar el periodo necesario para una jubilación anticipada sin enfrentar penalizaciones por falta de cotización.
Para entender mejor las diferencias entre jubilación anticipada voluntaria e involuntaria, se puede consultar la siguiente tabla:
Tipo de jubilación | Años de cotización requeridos | Máximo que suma la mili |
---|---|---|
Anticipada voluntaria | 35 (2 en los últimos 15) | Hasta 1 año |
Anticipada involuntaria | 33 (2 en los últimos 15) | Hasta 1 año |
Esta tabla resume de forma esquemática cómo el servicio militar puede suponer la clave para cumplir los años mínimos de cotización necesarios.
Reconocimiento del Servicio Social Femenino: otro recurso para quienes necesitan anticipar la jubilación
Aunque dejó de ser obligatorio hace años, el Servicio Social Femenino también se tiene en cuenta de cara a una jubilación anticipada. Es una medida que busca equiparar los derechos de las mujeres que cumplieron con esta prestación en su momento, permitiéndoles sumar hasta 12 meses a su historial laboral. En cualquier caso, igual que ocurre con la mili, no sirve para incrementar la pensión ordinaria.
Por tanto, quienes se encuentren próximos a la edad de retiro y quieran adelantarlo, pueden plantearse reunir toda la documentación necesaria sobre su servicio militar o prestación social. Gestionar estos certificados con antelación evitará retrasos y facilitará un proceso más ágil ante la Seguridad Social.