Así funciona el paso de incapacidad a jubilación: conversión automática al llegar a la edad y sin necesidad de nuevos exámenes médicos

En la actualidad, miles de pensionistas ya no están pasando exámenes médicos periódicos cuando alcanzan la edad ordinaria de jubilación. La medida elimina una de las mayores incertidumbres para quienes cobran una pensión por incapacidad permanente.

Desde 2025, las revisiones cada dos años dejan de practicarse al llegar a la edad que marca la Ley General de la Seguridad Social. Para muchos supone un respiro: menos trámites, más estabilidad y una prestación que pasa a jubilación sin nuevos controles médicos.

Qué cambia desde 2025 en las revisiones médicas de incapacidad permanente según la Seguridad Social

Hasta ahora, los beneficiarios eran citados cada dos años para confirmar si persistían las limitaciones que justifican la prestación. Con la norma ya en vigor en 2025, al alcanzar la edad ordinaria, esas evaluaciones cesan de forma definitiva. ¿Te afecta esta novedad? Si estás cerca de esa edad, conviene tenerlo en el radar.

El objetivo es reducir la tensión de quienes, además de su estado de salud, afrontaban el estrés de cada revisión. En consecuencia, se reconoce la estabilidad del cuadro médico y la trayectoria de cotización acumulada.

Quién deja de pasar revisiones y cómo se transforma su pensión en jubilación

La obligación de someterse a controles concluye al cumplir 67 años. Ahora bien, si se acreditan 38 años y seis meses cotizados, el fin de las revisiones llega a los 65. Desde ese momento, la pensión de incapacidad permanente se convierte automáticamente en pensión de jubilación. Ojo, es un cambio automático: no hace falta pedirlo.

El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) realiza los exámenes antes de esa edad límite. Entre otros criterios, se valora mantener al menos un 33% de discapacidad para continuar con la prestación hasta llegar al umbral de edad.

Resumen de edades y efectos principales

Edad alcanzadaRequisitos de cotizaciónRevisiones médicasSituación de la pensión
67 añosCesan definitivamentePasa a pensión de jubilación
65 años38 años y 6 meses cotizadosCesan definitivamentePasa a pensión de jubilación

Como ves, el criterio es claro: cumplir la edad ordinaria (o la anticipada por alta cotización) pone punto final a los controles.

Qué alternativas ofrecen Seguridad Social y SEPE si el INSS retira la prestación

¿Y si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decide antes de esa edad que ya no procede mantener la pensión? Existen vías para no quedarse desprotegido. No te quedes con la duda: conviene conocerlas y anotar plazos.

  • Reincorporación laboral: volver al empleo en un puesto compatible con la salud.
  • Subsidio por revisión de incapacidad permanente (SEPE): 480 euros al mes hasta 18 meses si no es posible trabajar.
  • Recurso administrativo: reclamar en 30 días naturales; si no hay respuesta en 45 días, silencio administrativo.

Por tanto, una retirada no implica quedarse sin red. Hay caminos, con tiempos muy concretos.

Plazos, porcentajes y requisitos para entender la actualización vigente en 2025

Además del fin de las revisiones al alcanzar la edad, hay cifras que conviene tener claras. El 33% de discapacidad es el umbral de referencia que usa el EVI para mantener la prestación antes de llegar a la edad límite. Y los 38 años y seis meses cotizados permiten cerrar el ciclo de controles a los 65.

¿Estás a meses de cumplir esa edad en 2025? Planificar ayuda: quien acumule larga vida laboral puede anticipar el fin de las revisiones. Si el INSS cambia la situación, los 30 días para reclamar y los 45 de silencio administrativo marcan el calendario, sin rodeos.

En definitiva, con la medida ya operativa en agosto de 2025, la eliminación de las revisiones al alcanzar la edad ordinaria aporta tranquilidad y seguridad jurídica. Refuerza, además, el compromiso del sistema público con quienes han trabajado durante décadas y necesitan certidumbre en su pensión.

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