El Gobierno busca frenar el encarecimiento de los precios y la masificación turística, otorgando más poder a los propietarios en sus juntas vecinales.
El Ejecutivo acaba de anunciar una reforma legal que otorga a las comunidades de vecinos la potestad de decidir si permiten el alquiler turístico en sus edificios. Esta medida llega en un momento crítico, en el que los pisos vacacionales han proliferado y, según el Instituto Nacional de Estadística, ya alcanzan más de 351.000 inmuebles en toda España. ¿Te interesa saber cómo te puede afectar?
Nueva normativa sobre alquileres turísticos que modifica la ley de propiedad horizontal
La principal novedad es que, a partir del 3 de abril de 2025, el arrendamiento de una vivienda con fines vacacionales deberá contar con el acuerdo expreso de la comunidad de propietarios. Será imprescindible obtener un voto favorable de tres quintas partes del total de vecinos, tal y como recoge la ley orgánica 1.2025.
De esta forma, se busca mitigar problemas como la subida de precios en las grandes ciudades, donde algunos pisos de uso turístico incrementan la gentrificación y dificultan el acceso a viviendas de larga duración. De hecho, en capitales como Barcelona, el metro cuadrado ronda los 4.600 € a 4.800 €, lo que complica aún más la búsqueda de alquiler convencional.
Cómo solicitar el acuerdo en la comunidad de vecinos para alquilar viviendas turísticas
Para hacer el trámite oficial, será necesario presentar un acta o certificado de la reunión de propietarios en la que se haya aprobado la conversión del piso a uso turístico. En este documento debe constar:
- La aprobación explícita y la fecha del acuerdo.
- El cumplimiento del quórum de 3/5 de los propietarios.
- Los detalles y condiciones pactadas en junta.
El objetivo es empoderar a los vecinos y, además, acabar con fraudes en el sector. Por otro lado, se creará la Ventanilla Única Digital, donde se registrarán los arrendamientos de corta duración para un mejor control administrativo.
Antes de dar el paso, revisa esta tabla con las pautas principales:
Paso | Descripción |
---|---|
Reunión de la comunidad | Convocatoria formal y votación de 3/5 para aprobar el alquiler. |
Documentación necesaria | Acta o certificado que recoja la decisión adoptada. |
Registro en Ventanilla Única Digital | Inscripción oficial del arrendamiento de corta duración. |
Al presentar estos requisitos, las autoridades competentes supervisarán que todo cumpla con la normativa. De esta manera, si se desea inscribir la modificación en los estatutos comunitarios, será también necesario presentarlo en el Registro de la Propiedad.
¿Quiénes se verán más afectados por esta reforma? Principalmente, aquellos propietarios que se planteen obtener rentabilidad a corto plazo. No obstante, la medida trata de equilibrar el mercado y garantizar una convivencia pacífica en los edificios.