El Consejo de Gobierno ha autorizado el Decreto que regula la nueva carrera profesional con el objetivo de «promover la excelencia en la atención al ciudadano» e «incentivar el talento y el esfuerzo de los trabajadores públicos», según explicó el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín. El modelo, pionero en la región, empezará a aplicarse en 2026: premiará la productividad y contemplará consecuencias si se repiten evaluaciones «insuficientes o inadecuadas».
Quién puede acceder a la carrera profesional en la Comunidad de Madrid y desde cuándo se aplicará el nuevo sistema
Podrá optar todo el personal funcionario y eventual de la Comunidad de Madrid, incluidos organismos autónomos y entes públicos. El personal laboral se ajustará a su propio convenio colectivo.
¿Y las fechas? El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOCM, previsiblemente este jueves, para empezar a aplicarse en 2026. El primer año para solicitar la adquisición de un nivel de carrera profesional será 2027. En pocas palabras: calendario definido y objetivos claros.
Cómo será la evaluación del desempeño anual, los méritos computables y sus consecuencias prácticas
La evaluación será anual y preceptiva. El resultado contará para la progresión en la carrera profesional, la movilidad y la promoción interna, y permitirá cobrar un complemento de productividad en nómina.
¿Qué se tendrá en cuenta en la valoración?
- Desempeño laboral, formación recibida o impartida, compromiso con el servicio público, ocupación de puestos particularmente exigentes y nivel de absentismo.
Si en un periodo de cinco años se acumulan tres o más evaluaciones insuficientes, se iniciará de oficio la remoción del puesto obtenido por concurso; en puestos de libre designación, se procederá al cese. El procedimiento seguirá el ordenamiento vigente y ofrece garantías al funcionario afectado. Dicho pronto y claro, quien rinde gana; quien encadena malas valoraciones puede ser removido o cesado.
Niveles de la carrera profesional, años de permanencia exigidos y porcentajes del complemento
La carrera profesional horizontal tendrá cinco niveles consecutivos, del 1 (básico) al 5 (más avanzado). El acceso será progresivo y voluntario, con permanencia mínima y valoraciones positivas cada año del periodo.
Nivel | Permanencia mínima exigida | Complemento sobre retribución básica anual |
---|---|---|
1 | 5 años desde el ingreso | 10% |
2 | 6 años en el nivel 1 | 20% |
3 | 6 años en el nivel 2 | 30% |
4 | 6 años en el nivel 3 | 40% |
5 | 6 años en el nivel 4 | 50% |
La cuantía será igual para el mismo grupo o subgrupo profesional, anual (12 mensualidades) e incompatible con otros conceptos que retribuyan carrera profesional. La misma cantidad se aplicará al personal laboral del grupo profesional equivalente. Los años de permanencia deberán ser completos; las interrupciones sólo computarán si también lo hacen a efectos de antigüedad. En jornadas parciales, el complemento se prorrateará según el porcentaje de jornada.