La Seguridad Social puede obligar a reincorporarse al trabajo incluso estando enfermo según explica un abogado laboralista

El abogado Miguel Benito aclara cómo funcionan las bajas y las incapacidades temporales en España: plazos de 12 meses ampliables a 24 y revisiones de un tribunal médico que pueden forzar la reincorporación.

Las bajas laborales y la incapacidad temporal generan dudas, y más tras el aumento de ausencias del último año. Para despejar confusiones, Benito explica que la baja se concede mediante un parte médico con una duración estimada, sujeta a prórrogas y revisiones. El objetivo es proteger la salud del trabajador y, a la vez, garantizar la sostenibilidad del sistema. ¿La clave? Conocer plazos, controles y quién decide el regreso al empleo.

Quién puede estar de baja y cómo funciona la incapacidad temporal

En España, la baja permite ausentarse del trabajo por enfermedad o accidente, con derecho a prestaciones mientras dure la incapacidad. La incapacidad temporal nace de un parte médico y puede prorrogarse si la recuperación lo exige dentro de los límites legales.

Benito lo formula en dos preguntas que reciben respuesta directa: “¿Cuánto tiempo máximo puedo estar de baja? ¿Cabe la posibilidad de que no me encuentre bien físicamente, pero aun así me obliguen a reincorporarme a la empresa?”. Y añade: “Por desgracia, sí. Esto puede ocurrir en España”. Ahora bien, si el médico o la Seguridad Social consideran que estás apto, pueden ordenar la vuelta.

Plazos máximos de baja médica en España con prórrogas y revisiones

El letrado detalla que, en casos leves, la baja puede durar pocos días; en situaciones graves, “la duración máxima de la baja será de un año”. A partir de ahí, se contemplan prórrogas hasta un tope de 24 meses, con revisiones periódicas.

Fase del procesoDuración orientativaÓrgano que intervieneQué implica
Baja inicialHasta 12 mesesMédicoAusencia laboral con prestación y seguimiento
Primera prórroga6 meses (tras 12)Seguridad SocialContinuación de la baja y nueva valoración
Segunda prórroga6 meses (tras 18)Seguridad SocialLímite máximo: 24 meses de baja
Tras 24 mesesRevisiones periódicasTribunal médicoDecisión: alta, pensión u otras medidas

En palabras de Benito: “En total, el tiempo máximo que puedes estar de baja en España es de 24 meses”.

Procedimiento, organismos y pasos para la baja médica y reincorporación

El funcionamiento práctico parte del médico: “Cuando enfermas, acudes al médico y este te concede una baja médica por un periodo determinado”. Luego llegan controles y, si procede, prórrogas. Posteriormente, pueden citarte a “revisiones periódicas por parte de un tribunal médico”. ¿Te pierdes entre trámites? No te líes: sigue la secuencia.

  • Acudir al médico y obtener el parte de baja con duración estimada.
  • Cumplir revisiones y aportar informes durante la incapacidad temporal.
  • Valorar prórrogas: primera de 6 meses y, tras 18, segunda de 6 meses.
  • Comparecer ante el tribunal médico cuando seas citado para evaluación.
  • Reincorporarte si la Seguridad Social te declara apto o continuar el proceso.

Si “no estás lo suficientemente incapacitado para dejar de trabajar y acceder a una pensión”, advierte Benito, “puede obligarte a reincorporarte”.

Qué hacer si no estás de acuerdo con la declaración de apto

El abogado recuerda que existen situaciones controvertidas. De hecho, cita “el de una mujer con cáncer de mama metastásico a la que se obligó a volver al trabajo, aunque posteriormente un juez le dio la razón y le reconoció la pensión”. Por tanto, si recibes un alta y consideras que tu estado no lo permite, es esencial atender a las notificaciones y a las revisiones, porque ahí se decide el futuro de la prestación y la vuelta al puesto.

En consecuencia, conocer plazos (12+6+6), asistir a las valoraciones y conservar la documentación médica resulta determinante. ¿La idea de fondo? Equilibrar la protección del trabajador con la sostenibilidad del sistema, sin perder de vista que la Seguridad Social puede ordenar el regreso cuando te considere apto.

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