Jubilarse un año antes reduce tu pensión hasta un 5,5 %: así lo calcula la Seguridad Social

La jubilación anticipada de 12 meses conlleva una rebaja de entre el 4,75 % y el 5,50 % según los años cotizados; te contamos quién puede pedirla, qué exige la Administración y cómo tramitarla sin sobresaltos.

La Seguridad Social permite adelantar el retiro hasta dos años, pero hacerlo solo un ejercicio (12 meses) tiene un precio nada despreciable: entre un 5,5 % y un 4,75 % menos de pensión. ¿Merece la pena renunciar a ese dinero por dejar de trabajar antes? A continuación encontrarás los números, los requisitos y el paso a paso para decidir con criterio.

La edad legal subirá a 67 años en 2027; hoy se sitúa en 66 años y 8 meses para quienes acumulan menos de 38 años y 3 meses cotizados, y en 65 años para los que superan esa marca. Si se solicita la jubilación anticipada voluntaria un año antes, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores que minoran la paga de por vida. El objetivo, según la normativa, es equilibrar el menor tiempo de cotización y la mayor duración prevista del cobro.

Coeficientes reductores de la Seguridad Social al jubilarse un año antes según cotización

La tabla muestra la penalización exacta que se aplica sobre la pensión teórica cuando se adelanta la jubilación 12 meses:

Años cotizadosReducción de la pensión si te retiras 12 meses antes
Hasta 38 a 6 m5,50 %
Más de 38 a 6 m y hasta 41 a 6 m5,25 %
Más de 41 a 6 m y hasta 44 a 6 m5,00 %
Más de 44 a 6 m4,75 %

Estas cifras se mantienen para la jubilación anticipada involuntaria, aunque en los primeros seis meses la penalización es mayor en el caso de la voluntaria. Por tanto, adelantar solo un año sigue costando dinero, pero la factura se reduce cuanto más hayas cotizado.

Requisitos que exige la Seguridad Social para acceder a la jubilación anticipada voluntaria

¿Cumples las condiciones necesarias? Compruébalo en un vistazo:

  • Tener 64 años y 8 meses (si se han cotizado menos de 38 años y 3 meses) o 63 años (cuando se supera ese período), acreditar al menos 35 años cotizados (dos de ellos dentro de los últimos 15) y generar una pensión calculada por encima de la mínima fijada a los 65 años.

Si la salida es involuntaria por despido colectivo, cierre empresarial o fuerza mayor, basta con 33 años de cuotas y la edad puede rebajarse otros 12 meses: hasta 63 años y 8 meses.

Procedimiento paso a paso para solicitar la jubilación anticipada presencialmente o por internet

En primer lugar, reúne la documentación: DNI, informe de bases de cotización y, si procede, certificado de la empresa acreditando la causa del cese. Después, el trámite puede hacerse presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (pidiendo cita previa) o telemáticamente mediante Import@ss con certificado digital, Cl@ve o DNI‑e.

Una vez registrada la solicitud, el organismo revisa los datos y notifica la resolución en un plazo medio de 20 a 45 días. Si el expediente es favorable, el pago se abona el último día hábil del mes siguiente al reconocimiento.

Diferencias clave entre jubilación anticipada voluntaria e involuntaria y sus efectos económicos

La voluntaria permite adelantar la salida un máximo de dos años, exige más cotización (35 años) y aplica coeficientes reductores algo más altos en los primeros seis meses. La involuntaria, en cambio, habilita la retirada cuatro años antes, requiere 33 años de cotización y certifica que el trabajador no eligió dejar el empleo. En ambos casos, los porcentajes de descuento convergen a partir del mes 7, de ahí que quien cumpla los supuestos de despido forzoso pueda ahorrar varios puntos de penalización.

¿Y si cambian las tornas y decides seguir? Existe la posibilidad de revocar la solicitud antes de la fecha efectiva; no obstante, una vez reconocida la pensión, el recorte es definitivo. Por eso conviene echar cuentas con calma y, si hace falta, pedir asesoramiento profesional. ¡No lo dejes para mañana!

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