El tema de la vivienda y el alquiler está en pleno debate en España debido a las tensiones existentes entre inquilinos y propietarios. La ocupación ilegal también surge como problema en la actualidad, motivando constantes quejas de los propietarios dirigidas al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), quienes, según ellos, no aportan respuestas claras. Sin embargo, un gesto inesperado ha salido a la luz. Dando una posible solución para los inquilinos en busca de la renovación automática que tanto desean, aunque pueda causar malestar a los arrendadores.
Cambios a favor de los inquilinos: renovación automática en ciertos casos
El alquiler temporal para turistas está en auge y afecta a quienes intentan renovar la vivienda donde llevan años residiendo, enfrentándose a la negativa de los propietarios o a los elevados costos. En este contexto, una alternativa aparece para aquellos contratos que los propietarios no deseen renovar. Proporcionando un beneficio claro a los inquilinos, independientemente de la postura de los arrendadores. Este cambio ha sido confirmado por el MITMA, el ministerio responsable de la regulación.
El caso aplica para contratos firmados por menos de cinco años y cuyo inicio sea posterior al 6 de marzo de 2019. Así, el contrato se extenderá automáticamente a 5 o 7 años, evitando la necesidad de que el inquilino busque otra vivienda. Aunque puede parecer un detalle menor, la normativa anterior solo permitía esta renovación hasta los 3 años, ahora ampliándose considerablemente.
Sin embargo, existe una excepción favorable para los propietarios que puede influir significativamente. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, si el arrendador comunica su intención de no renovar el contrato con 30 días de antelación a la finalización del mismo, se permite no aplicar la renovación automática. Esta es la única excepción a la regla. De modo que los inquilinos tienen ciertos beneficios en un contexto en el que suelen encontrar más dificultades.
Más casos de renovación automática de contratos para inquilinos y caseros
Como se ha mencionado, si el propietario no desea renovar el contrato de alquiler, puede hacerlo siempre que informe al inquilino fuera de los últimos 30 días del plazo. Asimismo, podrán acordar extensiones de hasta tres años más, alcanzando entre 7 y 10 años de estancia para el inquilino en la vivienda.
No obstante, en caso de que el propietario necesite la vivienda para su propio uso o para un familiar de primer grado, puede finalizar el contrato notificando al inquilino con 60 días de antelación. Así, otra ley respalda los derechos del arrendador.