El IMV, conocido como Ingreso Mínimo Vital, es una ayuda destinada a los grupos más vulnerables de la sociedad, brindada por la Seguridad Social. La prestación tiene como objetivo evitar la caída en la pobreza o la exclusión de las personas que carecen de recursos. Ya sea por falta de empleo o problemas similares. Como pueden ser discapacidades o problemas familiares. Al solicitar esta prestación debes tener cuidado por lo que ha informado Seguridad Social.
A través de un aviso importante, Seguridad Social lanzó una advertencia más que llamativa para los que son acreedores o buscan ser acreedores del Ingreso Mínimo Vital. Se trata de un cambio que viene de la mano con lo que ha realizado el Gobierno con la modificación en las pensiones y en la edad ordinaria de jubilación para 2025 en adelante. Con esto, no perderás la prestación si cumples con lo establecido por ley y sigues el paso determinante que ha dejado en claro la entidad pública por medios oficiales.
Advertencia de Seguridad Social: lo que debes hacer para no perder el Ingreso Mínimo Vital
Si recibes el Ingreso Mínimo Vital, la Seguridad Social ha informado que es requisito obligatorio para varios de los ayudados el hecho de presentar la declaración de la Renta en la campaña del año correspondiente. Con sus mensajes por medios de contacto. Ya sea mail, mensaje de texto o llamadas, muchos subsidiados por el IMV recibieron el recordatorio de presentar la declaración de la Renta como algo necesario para dejar transparencia de las obligaciones fiscales de cada ciudadano. Hacienda, con esto quiere dejar en limpio lo que puede afectar a varios beneficiarios.
En este sentido, la Agencia Tributaria solicita que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital presenten su declaración correspondiente, donde dejan en claro la cuantía de ingreso anual que existe en el grupo familiar. Ya sea por IMV, complementos brindados por el Estado o rendimientos del trabajo. De este modo, es importante presentar la correspondiente Renta transparentada a pesar de no contar con otros ingresos y que Hacienda determine si está todo en regla para seguir con la ayuda para los más vulnerables.
Entre las aclaraciones de la Seguridad Social, también se detalla que, si se superan los 12.600 euros, se establece la obligación de declarar en la Renta como rendimiento del trabajo. Algo similar sucede con respecto a la excepcionalidad si eres acreedor de otra ayuda, además de la del Ingreso Mínimo Vital. Ya que deberás declarar solo el excedente al límite establecido.
Requisitos para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Si bien el beneficio de esta ayuda es mayor para los que menos tienen, las obligaciones también corren por la misma cuenta. Así, los que españoles que reciben este subsidio llamado IMV deberán cumplir con lo que establece Seguridad Social al respecto para no tener problemas administrativos. A continuación, detallaremos las obligaciones que deben tener los perceptores:
- Comunicar a Seguridad Social si existe algún cambio importante en la vida del receptor. Sea por fallecimiento, cambio de domicilio o cambio en ingresos. Existe un lapso de 30 días para solicitar la modificación en la documentación del IMV.
- Notificar viajes al extranjero.
- Comunicar compatibilidad con otras prestaciones similares.
- Sumarse a las estrategias de inclusión promovidas por el Ministerio de Inclusión o la misma Seguridad Social.
- Contar con la documentación correcta y fehaciente. Los requisitos están claros para percibir esta buena ayuda del Ingreso Mínimo Vital. Por lo que la entidad pública pide transparencia a los aspirantes al subsidio.
Con esta obligación de declarar la Renta, si quieres seguir con el IMV, el Gobierno busca fortalecer los controles y llevar la prestación a los que más lo necesitan al dinero ofrecido por el presupuesto 2024. Ten en cuenta que el Ingreso Mínimo Vital está establecido en una cuantía de 7.250 euros anuales. Dividido en 12 pagas y que ha tenido un incremento de 6,9% según lo establecido por Seguridad Social en 2024. Si buscas más información actualizada sobre prestaciones, en la sección «Economía» la encontrarás.