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Si convives con una persona mayor de 75 años, puedes beneficiarte de una deducción fiscal que llega hasta los 2.550 euros. Te contamos cómo funciona y quién puede solicitarla.

El objetivo principal de esta medida es aliviar la carga fiscal de quienes conviven con ascendientes que superan los 75 años de edad. De hecho, la Agencia Tributaria contempla una deducción por ascendientes mayores de 65 años que llega a los 1.150 euros, con un suplemento de 1.400 euros para quienes superan los 75. ¿Te interesa saber más? A continuación, detallamos todos los requisitos, plazos y procedimientos para que puedas aprovechar esta ayuda.

Quiénes pueden recibir esta deducción de la Agencia Tributaria para familiares mayores de 75 años

Según la normativa fiscal actual, esta deducción por ascendientes mayores de 65 años puede aplicarse siempre que la persona a tu cargo sea un familiar en línea directa (padre, madre, abuelos o equivalentes por adopción). Asimismo, el requisito de edad asciende hasta los 75 años para obtener la deducción extra de 1.400 euros que, sumada a la base inicial de 1.150, eleva el beneficio total a 2.550 euros.

Además, si el ascendiente presenta una discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige la edad mínima de 65 años para que el contribuyente aplique la deducción. Es importante que cumplas también con el límite de ingresos de tu familiar (no puede superar los 8.000 euros anuales) y que el declarante no rebase los 1.800 euros de IRPF.

Fechas y trámites para solicitar la ayuda de hasta 2.550 euros en la Renta de este ejercicio

Para aplicar esta deducción, debes reflejar la situación familiar en tu próxima Declaración de la Renta. Por lo general, la campaña se desarrolla entre abril y junio, aunque las fechas exactas pueden variar ligeramente cada año. Asegúrate de indicar correctamente los datos de tu ascendiente en el borrador y de revisar que figure como miembro de tu unidad familiar.

Si presentas la declaración de manera telemática, el proceso es similar: la propia Agencia Tributaria calcula automáticamente la deducción correspondiente. Eso sí, revisa con atención la predeclaración y valida que todos los apartados relativos a mayores a cargo estén cumplimentados.

Requisitos y documentación clave para la deducción por tener ascendientes a cargo en el mismo domicilio

Para que Hacienda reconozca esta deducción, es fundamental que la persona mayor de 65 (o 75) años haya convivido contigo al menos la mitad del año fiscal. En caso de que tu familiar esté interno en un centro especializado, se contempla que puedas aplicar la deducción si el coste de su mantenimiento recae sobre ti.

Aquí tienes una lista de los requisitos básicos que no debes pasar por alto:

  1. Ascendiente directo: debe tratarse de padres, abuelos o similares por adopción.
  2. Edad mínima: 65 años para la deducción básica; a partir de 75 para la adicional.
  3. Convivencia: al menos seis meses en tu domicilio o dependencia económica si está internado.
  4. Ingresos: el ascendiente no puede superar los 8.000 euros anuales.
  5. IRPF del contribuyente: no puede ser mayor de 1.800 euros.

¿Tienes toda la documentación lista? Deberás presentar el DNI del ascendiente, justificantes de convivencia o gastos de manutención y, en su caso, el certificado de discapacidad. De este modo, la Agencia Tributaria podrá valorar la deducción de forma automática.

Otras prestaciones y beneficios fiscales disponibles para familias con mayores a cargo en distintas autonomías

No solo existe esta deducción estatal, sino que cada comunidad autónoma ofrece ayudas o descuentos específicos para quienes tienen personas mayores a su cargo. Algunas, por ejemplo, contemplan deducciones añadidas por monoparentalidad o discapacidad.

A continuación, puedes ver un breve resumen de deducciones regionales que pueden complementar la deducción estatal:

Comunidad AutónomaDeducción destacada
AndalucíaHasta 100 euros extra por familias monoparentales
Comunidad Valenciana197 euros por ascendientes >75 años o >65 con discapacidad
Castilla-La Mancha150 euros por cada ascendiente mayor de 75 años
Aragón150 euros por dependencia para mayores de 75 años
Comunidad de MadridHasta 1.546,50 euros por persona mayor de 65 años a cargo
Islas Canarias600 euros por ascendiente con discapacidad ≥ 65%

Como ves, cada autonomía regula este tipo de prestaciones de forma particular, por lo que conviene consultar en las oficinas locales de Hacienda o con un asesor especializado.

Beneficios adicionales: Ley de Dependencia, adaptación del hogar e Ingreso Mínimo Vital

En caso de que la persona a tu cargo se halle en una situación de dependencia reconocida, la Ley de Dependencia ofrece ayudas económicas, teleasistencia y servicios domiciliarios para facilitar su cuidado. También existen bonificaciones en la contratación de cuidadores profesionales que te permiten ahorrar en las cuotas de la Seguridad Social.

Por otro lado, algunas administraciones autonómicas y locales conceden subvenciones para adaptar el hogar a las necesidades de las personas mayores, financiando parte de reformas como rampas, ascensores o baños adaptados. Además, las familias con bajos ingresos y personas a su cargo pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital, con complementos adicionales por cada menor o dependiente.

Cada prestación o deducción cuenta con su propia fecha de solicitud. Por ello, es importante revisar con frecuencia la normativa y consultar a un profesional para no perder ninguna oportunidad de ahorro.

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