El Tribunal Supremo se alinea con los caseros y permite que los inquilinos asuman el pago del IBI y la tasa de basuras en plena crisis del alquiler.
La vivienda vive un momento delicado: finalizan contratos, las cuotas se disparan y familias se ven obligadas a buscar otro hogar. A este escenario se suma ahora una decisión del Supremo que avala que sean los inquilinos quienes paguen el IBI y la tasa de basuras incluso si el contrato no lo recoge de forma expresa.
Cómo afecta la decisión del Tribunal Supremo al pago del IBI y basuras
Hasta ahora, muchos inquilinos entendían que, si el contrato guardaba silencio sobre el IBI o la tasa de basuras, esos recibos correspondían al propietario. Con el nuevo criterio del Supremo, la balanza se inclina hacia los caseros y aumenta la incertidumbre de quienes viven de alquiler, que pueden encontrarse con un gasto extra no previsto al firmar.
Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre IBI, basuras y otros gastos
Para entender el fallo hay que acudir al artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que establece que los recibos que no sean individualizables solo pueden cargarse al inquilino si así se determina claramente en el contrato.
El caso llegó al Supremo porque unos inquilinos se negaban a pagar el IBI y la tasa de basuras al no figurar estos importes en la renta anual. El tribunal entiende que, cuando el inquilino ha asumido en el contrato que se hace cargo de esos conceptos, la obligación de pago existe aunque no se detalle la cifra exacta. En resumen, si se ha firmado que se asumen esos gastos, la ley entiende que deben abonarse. Si eres inquilino, conviene tener presente este elemento al revisar tu contrato.
- El Supremo permite que el inquilino pague IBI y tasa de basuras cuando el contrato recoge que asume esos conceptos, aunque los importes no aparezcan detallados.
Para verlo de un vistazo, así queda el reparto básico de estos conceptos según el criterio descrito:
| Concepto | Quién puede pagar | Condición principal según el Supremo |
|---|---|---|
| IBI de la vivienda | Inquilino | Si el contrato dice que lo asume |
| Tasa de basuras de la vivienda | Inquilino | Mismo criterio que para el IBI |
Este esquema muestra que, si el contrato da margen al casero, estos tributos pueden repercutirse al inquilino aunque no se hayan fijado cantidades concretas desde el principio.
Consecuencias para los inquilinos en plena crisis del alquiler en España
La decisión llega en plena crisis de la vivienda, con contratos que terminan, alquileres que suben y personas en situación límite. El coste de vivir de alquiler ya no depende solo de la renta mensual, también de estos recibos que pueden aparecer como un buen susto a final de año.
Algunas voces consideran injusto que el IBI lo paguen quienes no tienen ningún inmueble en propiedad, al tratarse de un impuesto ligado a la titularidad de la vivienda. Muchos se preguntan por qué deben abonar cada año un tributo que, en teoría, grava al propietario y no a quien solo ocupa la casa de forma temporal.
En un mercado tensionado, donde encontrar piso se parece a competir por una plaza entre muchas personas, no falta quien siente que vive en una especie de lista de espera permanente y que cada nueva resolución judicial es como un segundo plazo de problemas que nunca termina. ¿No es suficiente con asumir una cuota de alquiler que no deja de subir?
Todo esto obliga a extremar la prudencia. Antes de firmar, conviene leer cada cláusula, preguntar lo que no se entienda y no dar por hecho que ciertos pagos corren siempre a cargo del casero. El detalle del contrato puede marcar la diferencia entre un alquiler asumible y otro que se convierta, con el tiempo, en un auténtico quebradero de cabeza.
