El complemento a mínimos ayuda a que la pensión alcance el mínimo legal, pero se revisa cada año y se pierde si se rebasan los límites de rentas. En algunos casos, el extra puede rondar los 150 euros.
La Seguridad Social ajustará a la baja las pensiones de jubilación contributivas mínimas de quienes, en el cómputo anual, superen el umbral de ingresos exigido para mantener el complemento a mínimos. Si tus ingresos suben por encima del límite, el complemento se absorbe y la pensión baja.
Qué es el complemento a mínimos y cuántos pensionistas lo cobran hoy
El complemento a mínimos es una cantidad que se suma a la pensión contributiva cuando esta queda por debajo de las cuantías mínimas fijadas por ley para cada situación personal y familiar. Está regulado la Ley General de la Seguridad Social. No es un importe fijo para siempre: se revisa anualmente. ¿Y si te lo quitan un año? Podrá volver a solicitarse cuando se cumplan de nuevo los requisitos.
Según las estadísticas de la Seguridad Social, de los casi 10,4 millones de pensionistas en España, 2,1 millones reciben el complemento a mínimos (el 20,41%). En este grupo, la pensión media es de 838,21 euros y el complemento medio asciende a 293,47 euros. Para ver su alcance por tipo de pensión, este es el reparto de beneficiarios:
| Tipo de pensión | Número de beneficiarios | Porcentaje (%) |
|---|---|---|
| Jubilación | 1.229.464 | 18,57% |
| Viudedad | 564.990 | 24,06% |
| Incapacidad permanente | 162.507 | 15,58% |
| Orfandad | 142.720 | 42,29% |
| Favor de familiares | 22.721 | 48,68% |
| TOTAL | 2.122.402 | 20,41% |
Así que cualquier cambio de rentas puede tener un impacto directo en lo que se cobra cada mes.
Requisitos y límites de ingresos para cobrar el complemento a mínimos en 2025
Para acceder al complemento, hay que tener una pensión contributiva inferior al mínimo, residir en España (con excepciones por acuerdos o normativas internacionales) y no superar ciertos ingresos anuales. En 2025, los límites de ingresos para mantenerlo son:
- Ingresos inferiores a 9.193,00 euros al año si no se tiene cónyuge a cargo.
- Ingresos inferiores a 10.723,00 euros anuales si se tiene cónyuge a cargo.
Estas cuantías son de 2025 y se indica que en 2026 aumentarán, lo que podría abrir la puerta a nuevos beneficiarios. ¿Tienes en cuenta, por ejemplo, alquileres o rendimientos cuando haces el cálculo anual?
Qué pasa si superas el límite y cómo comunicarlo para evitar devoluciones
Si se perciben ingresos por encima de esos topes, hay que comunicarlo a la Seguridad Social, porque ya no se reúnen los requisitos para seguir cobrando el complemento. Aquí no conviene despistarse.
Si no se comunica y la Seguridad Social lo detecta, puede retirar el complemento (bajando la pensión al importe original) y reclamar la devolución de lo cobrado indebidamente.
Un ejemplo ayuda a entenderlo. Imaginemos un jubilado con una pensión de 600 euros al mes, por debajo de la mínima legal. Como vive solo y no tiene más ingresos, se le suma el complemento para llegar al mínimo. Pero si empieza a obtener 10.000 euros al año por ingresos ajenos a la pensión, superaría el límite de 9.193,00 euros fijado para 2025. En consecuencia, perdería el complemento y su pensión mensual bajaría, volviendo a cobrar esos 600 euros.
