Solo podrán aplicarla quienes compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y ya la usaron en ejercicios previos.
La deducción por compra de vivienda habitual se mantiene para la Renta 2026 bajo el régimen transitorio. Según el criterio del Tribunal Económico‑Administrativo Central, sigue vigente para inmuebles adquiridos antes del 1 de enero de 2013 y también resulta aplicable al importe destinado a cancelar la hipoteca con dinero obtenido por la venta de una vivienda, siempre que ya se hubiera aplicado en años anteriores.
Quién puede aplicar la deducción por vivienda habitual en la Renta 2026
¿Compraste tu casa antes del 1 de enero de 2013 y ya te dedujiste por ella? Entonces puedes seguir aprovechándola. La deducción solo alcanza a quienes cumplan estas condiciones y queden amparados por el régimen transitorio. Por tanto, quienes adquirieron después de esa fecha no pueden optar a esta ventaja fiscal.
Requisitos clave para mantener la deducción:
- Compra de la vivienda habitual anterior al 1 de enero de 2013.
- Haber aplicado la deducción en ejercicios anteriores.
- Que el inmueble tenga la consideración de vivienda habitual, residiendo en él al menos tres años.
- Habitarla de forma efectiva y permanente dentro de los 12 meses siguientes a la compra o a la finalización de las obras.
- Pagos de hipoteca computables, y posibilidad de aplicar la deducción al importe destinado a cancelar el préstamo con dinero procedente de la venta de una vivienda.
Nada mal, ¿verdad?
Cómo funciona la deducción del 15 por ciento y su tope anual
La deducción asciende al 15 por ciento de las cantidades pagadas por la hipoteca de la vivienda habitual, incluyendo capital e intereses. La base máxima anual es de 9.040 euros por declarante, de ahí que el tope quede en 1.356 euros. En consecuencia, cuanto mayores sean los pagos dentro de ese límite, mayor será el ahorro fiscal.
A continuación, un resumen práctico de los límites y conceptos incluidos:
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Porcentaje de deducción | 15% |
| Base máxima anual por declarante | 9.040 euros |
| Tope máximo de deducción en la Renta | 1.356 euros |
| Pagos computables | Hipoteca de vivienda habitual, capital e intereses |
Esto quiere decir que, si alcanzas la base máxima, podrás deducir el máximo anual permitido por contribuyente.
Qué dice el TEAC sobre cancelación hipotecaria y el régimen transitorio
El TEAC, órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, confirmó que la deducción se mantiene únicamente para viviendas adquiridas antes del 1 de enero de 2013 y, además, que puede aplicarse al importe usado para cancelar el préstamo hipotecario con el dinero obtenido por la venta de una vivienda. ¿Estás pensando en amortizar tu hipoteca con esa operación? Si ya venías aplicando la deducción y cumples los requisitos de vivienda habitual, el régimen transitorio te permite seguir beneficiándote en 2026.
Por lo tanto, la clave está en la fecha de adquisición y en haber aplicado la deducción en ejercicios previos. De ahí que miles de contribuyentes con vivienda habitual anterior a 2013 puedan mantener un ahorro relevante en su próxima declaración.
