La edad de jubilación sigue subiendo en España, pero ciertos empleados públicos pueden retirarse a los 60 años y cobrar el 100% de su pensión si cumplen requisitos muy concretos. La clave está en el Régimen de Clases Pasivas: con 35 años de servicio se logra la prestación íntegra; con 30 años, el 81,73% de la base reguladora. ¿Encajas en este perfil?
La normativa continúa su calendario hasta 2027, cuando la edad ordinaria alcanzará su máximo. Sin embargo, estas excepciones permiten una salida anticipada sin recortes para colectivos específicos. No todo el mundo, pero sí quienes cumplan las reglas del juego.
Fechas vigentes y cambios en la edad legal de jubilación en España
Desde 2025, el sistema ha iniciado el tramo final de ampliación que culminará en 2027. Actualmente, para acceder al 100% con menos de 38 años cotizados, la edad legal está fijada en 66 años y 8 meses por el Gobierno de España y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Esta edad ordinaria seguirá aumentando hasta situarse en 67 años en 2027, cuando se exigirán 38 años y 6 meses cotizados para la pensión completa. Anticipar la jubilación antes de la edad ordinaria implica reducciones en la cuantía. Por eso, muchos trabajadores prefieren esperar. Ahora bien, ¿y si perteneces a un colectivo con reglas distintas?
Quién puede jubilarse a los 60 años con pensión completa y por qué
La jubilación a los 60 con el 100% está reservada al Régimen de Clases Pasivas del Estado, que agrupa a determinados empleados públicos. En general, pueden retirarse desde los 60 años sin recortes; en algunos casos, la edad puede elevarse hasta los 65.
Para beneficiarse, es necesario acreditar al menos 30 años de cotización al Estado (que dan derecho al 81,73% de la base). Para alcanzar el 100% a los 60 años, se exigen 35 años de servicio público. Además, pueden computarse periodos en otros regímenes, siempre que los últimos cinco años pertenezcan a Clases Pasivas. ¿Cuántos años tienes cotizados a día de hoy?
A continuación, los principales colectivos con acceso a esta vía excepcional de retiro anticipado:
- Militares de carrera y de escalas de complemento, además de cadetes, alumnos y aspirantes de academias militares.
- Funcionarios públicos de carrera y en prácticas de la Administración General del Estado, Justicia, Cortes Generales y otros órganos constitucionales.
- Altos cargos del Gobierno, como expresidentes, vicepresidentes, ministros y otros puestos de responsabilidad pública.
En resumen, se trata de un marco específico y más ventajoso que el del Régimen General para quienes integran estos grupos.
Procedimiento para solicitar la pensión del Régimen de Clases Pasivas
El primer paso es comprobar la pertenencia al Régimen de Clases Pasivas y el cómputo de años de servicio. Con 30 años se accede al 81,73% de la base; con 35 años, al 100% desde los 60.
Posteriormente, el interesado debe preparar la documentación que acredite servicios y cotizaciones, y tramitar la solicitud de jubilación, ya sea de forma presencial o por vía telemática según los canales habilitados por la administración competente. Intervienen el Gobierno de España y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, además del propio Régimen de Clases Pasivas. ¿Te imaginas planificar tu retiro con esta ventana de oportunidad?
Antes de decidir, conviene comparar las edades y requisitos más relevantes. La siguiente tabla resume los puntos clave:
| Aspecto | Requisito o dato clave |
|---|---|
| Edad legal para 100% con menos de 38 años | 66 años y 8 meses (situación actual) |
| Futura edad ordinaria prevista | 67 años en 2027 |
| Cotización para el 100% en 2027 | 38 años y 6 meses |
| Clases Pasivas: porcentaje con 30 años | 81,73% de la base reguladora |
| Clases Pasivas: 100% a los 60 años | 35 años de servicio público |
| Posible edad en ciertos supuestos | Puede elevarse hasta los 65 |
En definitiva, mientras la edad ordinaria aumenta, el Régimen de Clases Pasivas mantiene una vía privilegiada que permite a miles de profesionales retirarse a los 60 con la pensión completa, siempre que cumplan los años exigidos y la pertenencia al colectivo.
