El requisito que no varía es el de cotización mínima para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación que se sitúa en 15 años. Sin embargo, a partir del próximo 1 de enero de 2025 se producirá una subida de la jubilación. Lo seguirá haciendo hasta el año 2027, cuando se alcance el máximo histórico al situarse en 67 años de edad la edad ordinaria para poder acceder a la retirada de la actividad profesional.
Podrás acceder a la jubilación si has cotizado menos de 38 años y 3 meses a la edad de 66 años y 8 meses. Esto es, se amplía en dos meses que con respecto al 2024 la edad para jubilarte. En cuanto a los que han cotizado más, 38 años y 3 meses o más, es distinto: podrán jubilarse con 65 años, siempre que acrediten ese tiempo.
Cotización mínima
Lo que no varía de cara al 2025 será el requisito de cotización mínima para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación. Se mantendrá en los quince años, de los cuales dos años deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación. Este solo garantiza el 50% de su base reguladora.
Para cada trabajador el método de cotización es el siguiente. Se toman en cuenta las bases de los últimos 25 años y el número total de años cotizados, y lo primero que deben hacer es calcular la base reguladora, a la cual se llega sumando las bases de cotización de los últimos 25 años y dividiendo su importe entre 350.
La jubilación anticipada
La Seguridad Social contempla que un trabajador pueda seguir optando a la jubilación anticipada si tiene al menos 38 años y 3 meses. Este proceso será posible hasta dos años antes de su jubilación ordinaria. Si un trabajador puede jubilarse a los 65 años al tener más de 38 años y tres meses cotizados, podrá hacerlo desde el día que cumple 63. Aunque hemos de advertir que conllevará una pérdida en la cuantía económica de la pensión al acceder a ella antes de tiempo. De esta manera, la cuantía que percibirá una persona que se jubile será mayor cuanto más tarde en solicitar dicha jubilación.
Los que sí tienen que llegar hasta los 66 años y 8 meses para jubilarse en 2025 podrán acceder a la jubilación anticipada a partir de los 64 años y 8 meses, siempre que cumplan con 38 años y 3 meses. Aquellos que decidan apartarse de la actividad laboral antes de tiempo, supondrá una reducción en la cuantía de la jubilación en función de si adelanta entre 24 meses o 1 mes su baja en la actividad. Por aquí te dejamos el formulario de la jubilación en caso de que lo necesites para ir gestionándolo.
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