A partir de enero de 2025, Hacienda suspenderá temporalmente las devoluciones del IRPF a jubilados que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades laborales. Esta medida tiene un objetivo claro: reordenar y clasificar los procedimientos pendientes, garantizando que las solicitudes sean gestionadas de manera adecuada y conforme a los procesos legales. Este cambio afectará a miles de personas, aunque busca optimizar la gestión de un sistema que hasta ahora había generado más confusión y errores que transparencia.
El Proyecto de Ley
Esta decisión de detener temporalmente las devoluciones se basa en una enmienda del PSOE incluida en el Proyecto de Ley que establece un impuesto mínimo del 15% para grandes empresas. Esta enmienda introduce una clara distinción entre dos tipos de procedimientos:
- Devolución de ingresos indebidos: Se aplica cuando la declaración de la renta se presenta dentro del plazo o incluso cuando no se presentó en su momento y se hace con posterioridad.
- Rectificación de autoliquidaciones: Se utiliza cuando ya se presentó la declaración, pero se detecta un importe que debe devolverse, como es el caso de los mutualistas jubilados.
El secretario general de los técnicos de Hacienda, José María Mollinedo, ha subrayado que esta diferenciación es esencial para evitar errores causados por la inexperiencia de algunos apoderados que presentan reclamaciones en nombre de los afectados. Según Mollinedo, el tiempo y una buena ejecución son fundamentales para que este proceso salga bien.
Procedimiento para los mutualistas afectados
Los mutualistas perjudicados por las cotizaciones erróneas del IRPF entre 1967 y 1978 disponen de un formulario habilitado en la sede electrónica de la Agencia Tributaria para tramitar su devolución. En la mayoría de los casos, el tiempo de espera para recibir el dinero no es muy prolongado. Esta rapidez es una muestra del esfuerzo por parte de Hacienda para atender estas devoluciones de manera prioritaria. No obstante, los mutualistas deben estar atentos a los plazos y requisitos específicos para evitar problemas o retrasos en sus solicitudes.
Aunque recibir el dinero correspondiente no será un proceso inmediato. Al igual que ocurre con las devoluciones regulares de Hacienda, cuando las declaraciones de la renta individuales resultan negativas, el Estado puede tardar hasta seis meses en devolver los fondos. En el caso de los mutualistas, la situación es similar: aunque algunos jubilados y pensionistas reciben el dinero pocos días después de presentar el borrador de la declaración, no siempre es así. De no completarse la devolución antes del último día del año, Hacienda enfrenta una penalización diaria, que incrementa la cantidad final a devolver.
Es fundamental que los mutualistas jubilados que aún no hayan recibido su devolución permanezcan atentos a las comunicaciones de la Agencia Tributaria. A partir de enero de 2025, deberán preparar nuevamente la documentación necesaria para presentar sus reclamaciones bajo los nuevos requerimientos.
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