La competencia sobre el tramo de la A-42 corresponde al Estado, lo que anula la sanción impuesta por el Ayuntamiento de Madrid
Una conductora que accedió sin permiso a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Plaza Elíptica tendrá que recibir la devolución de su multa, según ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). El fallo expone que el Consistorio no tenía competencia para imponer las 15 multas, de 200 euros cada una, al tratarse de un tramo de la carretera A-42 cuya titularidad pertenece al Estado. La devolución de los 3.000 euros abre la puerta a un aluvión de reclamaciones judiciales por parte de otros conductores en situaciones similares.
El Tribunal Superior de Justicia anula sanciones y genera dudas legales para conductores laborales
El TSJM ya había anulado en septiembre de 2024 la ordenanza municipal que regula las ZBE de Madrid por no ajustarse a Derecho. Aunque el Ayuntamiento recurrió esa sentencia ante el Tribunal Supremo, la resolución definitiva todavía está pendiente. Mientras tanto, los juzgados siguen dictaminando a favor de los afectados, como en el caso de la citada conductora, que recuperará el importe abonado.
¿Te preguntas si hay más conductores en la misma situación? Desde hace meses, numerosos ciudadanos han denunciado multas supuestamente irregulares y ahora podrían exigir la devolución de cantidades pagadas. Se calcula que la recaudación municipal por estas sanciones supera los 435 millones de euros desde 2021.
Cuestiones prácticas sobre la titularidad de las vías y su impacto en el empleo urbano
El eje principal del conflicto se encuentra en la calificación del tramo de la Autovía de Toledo (A-42) a su paso por Plaza Elíptica. Según el TSJM, esta vía no fue cedida al Ayuntamiento de Madrid y, por tanto, no puede ser sancionada bajo la normativa local de bajas emisiones.
Para entender mejor qué ocurre en este tramo, aquí se muestra una tabla con la información clave:
Tramo de vía | Titularidad real | Competencia para sancionar |
---|---|---|
A-42 (P.K. 3+710) | Estado | Administración estatal |
Resto de vías urbanas ZBEDEP | Ayuntamiento Madrid | Ayuntamiento de Madrid |
Como ves, la competencia municipal no incluye el tramo concreto donde se impusieron las multas a la conductora. De ahí la anulación de las sanciones.
Pasos para recurrir sanciones de tráfico
La organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que defendió a la conductora, anima a otros ciudadanos a revisar las multas recibidas en Plaza Elíptica. ¿Tienes alguna sanción similar? Estos son los pasos habituales para recurrir:
- Comprobar la titularidad de la vía: verifica si se trata de un tramo estatal o municipal.
- Revisar plazos legales de alegaciones: asegúrate de no superar las fechas límite.
- Presentar un recurso fundamentado: aporta pruebas de la posible incompetencia del Ayuntamiento.
- Agotar las vías administrativas: si es denegado, valora acudir a la vía judicial.
Según AEA, el Tribunal Supremo podría confirmar que el Ayuntamiento carecía de competencia para multar en este punto. En caso de que ratifique dichas sentencias, el consistorio tendrá que anular todas las multas pendientes y devolver lo cobrado de forma indebida.
Las resoluciones judiciales han supuesto un serio revés para la normativa de bajas emisiones en Madrid. Con más de 2,2 millones de multas bajo revisión, no se descarta que las reclamaciones aumenten. Por ello, se recomienda a los conductores afectados recopilar la documentación necesaria y seguir de cerca la evolución de estos procesos.