Las madres podrán sumar 5 años a su vida laboral gracias a la Seguridad Social: las nuevas cotizaciones ficticias para añadir a tu pensión

Descubre cómo funcionan las cotizaciones ficticias por parto y cuidado de hijos y la manera de solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género.

La Seguridad Social reconoce hasta cinco años de cotización a las mujeres que hayan sido madres, incluso aunque no hubieran trabajado durante el periodo posterior al parto. Este derecho, conocido como “cotizaciones ficticias”, permite sumar días al historial laboral con el objetivo de no perjudicar la pensión de jubilación. El máximo que se puede alcanzar son 1.825 días (equivalentes a cinco años), siempre que se cumplan ciertos requisitos y se tenga más de un hijo.

¿Te interesa saber cómo acceder a este beneficio? A continuación, te explicamos a quién va dirigido, los pasos para solicitarlo y cómo se combina con el complemento para reducir la brecha de género.

Cómo la Seguridad Social concede hasta cinco años de cotización a las madres en 2025

Las cotizaciones ficticias se regulan en el artículo 235 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Su objetivo es compensar las interrupciones laborales derivadas del embarazo o la maternidad, de forma que la carrera de cotización no se vea penalizada. En concreto, se pueden obtener:

  • 112 días por cada parto: si durante las 16 semanas posteriores no hubo cotización efectiva ni permiso de maternidad con contrato activo.
  • 270 días por el cuidado de hijos: siempre que exista una interrupción laboral posterior al nacimiento o a la adopción.

Ambos periodos son compatibles, pero no se pueden superar los 1.825 días en total. Esto equivaldría a sumar hasta cinco años de cotización en la vida laboral, una cantidad que puede marcar la diferencia para jubilarse antes o para mejorar la cuantía de la pensión.

Requisitos y trámites para añadir las cotizaciones ficticias por parto en la vida laboral

Las interesadas deben acreditar que, durante los periodos posteriores al nacimiento o a la adopción, efectivamente no estaban dadas de alta en la Seguridad Social por estar sin empleo o en un periodo de inactividad. De ahí que sea fundamental:

  1. Solicitar la cotización ficticia ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
  2. Aportar la documentación que demuestre el estado de inactividad en el periodo reclamado.
  3. Cumplir los plazos y requisitos de acceso a la pensión de jubilación.

El trámite puede realizarse de forma presencial, pidiendo cita previa en las oficinas de la Seguridad Social, o bien a través de su sede electrónica. En ambas vías, se deberán aportar certificados que justifiquen las fechas de nacimiento o adopción y, si procede, sentencias o resoluciones judiciales en casos de adopción.

Por qué las madres que trabajan a tiempo parcial también pueden beneficiarse de estas cotizaciones

Según la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, las mujeres que hayan trabajado a tiempo parcial no verán reducidos los días de cotización ficticia a los que tienen derecho. Esto significa que si han tenido un contrato de menor jornada, se les reconocerá igualmente el total de días añadidos.

¿Quién puede solicitar estas cotizaciones si el parto fue múltiple? En estos casos, se añaden 14 días más por cada hijo adicional, pero siempre debe respetarse el máximo de 112 días por parto y cumplir la condición de no haber cotizado en ese periodo.

Cómo funciona el complemento para reducir la brecha de género y cuánto se cobra en 2025

Además de las cotizaciones ficticias, las madres o los padres que hayan visto afectada su carrera laboral por el cuidado de los hijos pueden solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género (antes, complemento por maternidad). Se trata de una ayuda mensual que se suma a la pensión, con 14 pagas anuales y una cantidad fija por cada hijo o hija. La siguiente tabla muestra las cuantías para 2025:

Número de hijosCuantía mensualCuantía anual
135,90 €502,60 €
271,80 €1.005,20 €
3107,70 €1.507,80 €
4143,60 €2.010,40 €

Como puedes ver, la cuantía aumenta con cada hijo, hasta un máximo de cuatro. Por tanto, se trata de un extra que busca compensar el perjuicio laboral sufrido por la maternidad o la paternidad.

Para formalizar la solicitud del complemento, es necesario presentar el correspondiente formulario ante el INSS, tanto si la pensión todavía no se ha iniciado como si ya se está percibiendo. No obstante, es requisito demostrar la interrupción laboral debida al cuidado de menores o que, en su defecto, existe un agravio en la cotización de la persona solicitante.

“Ojo con los plazos”: si estás próxima a tramitar tu jubilación, conviene informarse con antelación de las gestiones que se deben realizar, ya que estos beneficios pueden ayudar a alcanzar la edad de retiro o a incrementar la pensión que te corresponda.

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