La lucha de un trabajador con discapacidad termina con victoria judicial y una pensión de 2.932 euros mensuales

Un trabajador aragonés con un 57% de discapacidad logra que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón confirme su derecho: 100% de su pensión, 2.932,14 euros al mes y abono con carácter retroactivo.

La perseverancia tuvo premio. Tras más de 42 años cotizados y las secuelas de un traumatismo craneoencefálico desde la infancia, este trabajador consiguió jubilarse a los 63 años con el 100% de su base reguladora. ¿El giro decisivo? Una sentencia que corrige la lectura restrictiva del INSS.

Quién puede pedir la jubilación anticipada por discapacidad y motivos legales que avalan el reconocimiento

El caso se apoya en el Real Decreto 370/2023, que facilitó la jubilación anticipada de personas con discapacidad. La justicia subraya dos llaves: superar el 45% de discapacidad para aplicar coeficientes reductores de edad y encajar las patologías en el anexo legal. Aquí se daban ambas: discapacidad del 57% y daño cerebral adquirido desde la infancia, no solo desde 2010. ¿Te suena esta situación y te preguntas si cumples esos mínimos?

Fechas de solicitud, resolución judicial y cómo afecta a la pensión máxima en la Seguridad Social

La ruta fue todo menos lineal. En julio de 2023 se pidió la jubilación anticipada por discapacidad; el INSS la denegó por no acreditar 15 años de cotización “con discapacidad”. Después, una nueva solicitud logró el 88,57% de la base reguladora, pero el trabajador no se conformó. Acudió a los tribunales: primero, el Juzgado de lo Social n.º 4 de Zaragoza le dio la razón; luego, el INSS recurrió y el TSJA confirmó el derecho al 100%. Resultado: pensión de 2.932,14 euros y pago retroactivo. El precedente importa para muchos casos similares.

A modo de guía práctica, estos fueron los pasos clave del expediente y su desenlace:

  1. Julio de 2023: solicitud de jubilación anticipada por discapacidad.
  2. Denegación del INSS por no acreditar 15 años cotizados “con discapacidad”.
  3. Nueva solicitud: reconocimiento parcial del 88,57% de la base reguladora.
  4. Sentencia favorable del Juzgado de lo Social n.º 4 de Zaragoza.
  5. Recurso del INSS desestimado por el TSJA: 100% de pensión y abono retroactivo.

En palabras del propio trabajador, estaba convencido de que “tenía derecho al 100% de la pensión de jubilación”. Y el tribunal se lo reconoció.

Procedimiento seguido ante el INSS y requisitos clave que se valoraron en la decisión final

El expediente se tramitó ante el INSS con la solicitud de jubilación anticipada por discapacidad. La clave jurídica estuvo en aplicar los coeficientes reductores gracias a una discapacidad superior al 45% y patologías incluidas en el anexo del Real Decreto 370/2023. Además, pesó la constatación de que el daño cerebral existía desde la infancia, cumpliéndose así el periodo de cotización bajo la condición de discapacidad. ¿Y si la administración interpreta distinto? La sentencia marca el camino: revisar, insistir y, llegado el caso, acudir a los tribunales.

Qué organismos públicos intervienen y su papel en Seguridad Social y tribunales en casos de pensiones

Intervienen el INSS (que gestiona y resuelve), el Juzgado de lo Social (primera decisión favorable) y el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (confirma el 100% y el retroactivo). El caso se suma a otras victorias que han beneficiado a pensionistas, como resoluciones que han abierto devoluciones de IRPF por parte de Hacienda. “La justicia ha reconocido lo que era evidente desde el principio”, cierra el demandante. Por lo tanto, pelear cada detalle puede marcar una diferencia enorme en la pensión final.

A continuación, un resumen con los datos esenciales del caso para situarse de un vistazo:

Edad de jubilaciónDiscapacidadAños cotizadosPorcentaje de pensiónCuantía mensualResoluciones principales
63 años57%Más de 42100%2.932,14 €Juzgado de lo Social n.º 4 de Zaragoza favorable; TSJA confirma; INSS obligado a abono retroactivo

Este cuadro muestra por qué la resolución sienta precedente: acredita requisitos, corrige una interpretación inicial y garantiza la pensión máxima. Por tanto, el fallo ofrece una hoja de ruta útil para quien crea cumplir condiciones similares. Como se suele decir, conviene guardar todo y defender lo que corresponde.

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