¿Quién no ha cotilleado alguna vez las redes sociales mientras apuraba el café de media mañana? Ahora imagina que, en lugar de selfies anodinos, te encuentras con tu compañera de oficina dando saltos en TikTok… mientras está de baja por una operación de juanete. Suena a guion de sitcom, pero ocurrió de verdad en Las Palmas de Gran Canaria.
La protagonista encadenó coreografías con zapatos de tacón y #attitude en TikTok, Instagram y compañía, justo cuando el podólogo le había recetado reposo absoluto. Su empleador (con menos sentido del ritmo, pero mucho ojo para la nómina) tomó nota. Y, tras casi un año de baja, llegó el despido. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha sentenciado que la decisión fue totalmente procedente.
¿Por qué el Tribunal avala el despido?
Cuando se habla de bajas médicas, la clave es la buena fe contractual: cobrar la prestación sí, pero respetar las limitaciones médicas también. En este caso, los magistrados observaron un baile de fechas (y de tacones) imposible de cuadrar con el parte de reposo.
Antes de profundizar, repasemos los hechos paso a paso:
- 22 de agosto de 2022: la trabajadora inicia la incapacidad temporal.
- 23 de agosto de 2022: cirugía de juanete en el pie derecho.
- Agosto 2022-junio 2023: vídeos bailando con tacones, participación en Bioagaete y desfile del Día del Orgullo al son de No doy miedo.
- Junio de 2023: la empresa comunica el despido.
- 27 de julio de 2023: el TSJC confirma la procedencia del despido.
Como ves, entre cada clip de TikTok y el siguiente parte médico no había ni un respiro. Los jueces subrayan que “bailar y saltar con tacones es incompatible con la recuperación”, máxime cuando los informes clínicos recomendaban reposo e inmovilización del pie. Por tanto, señalan un evidente incumplimiento de la buena fe contractual y un perjuicio económico para la Seguridad Social y la empresa.
¿Qué dice la ley sobre la incapacidad temporal y las redes sociales?
Quizá te preguntes: “¿Me pueden controlar lo que subo a Instagram cuando estoy de baja?”. La respuesta es un prudente “depende”. No existen detectives exclusivos para TikTok, pero cualquier publicación pública puede convertirse en prueba si contradice tus limitaciones médicas.
A continuación verás una tabla resumida (tranquilo, solo hay una) con actividades típicas y cómo las valoran habitualmente los tribunales:
Actividad durante la IT | ¿Riesgo de sanción? | Motivo habitual |
---|---|---|
Salir a comprar pan sin peso | Bajo | Tareas básicas de la vida diaria |
Ir al gimnasio a levantar pesas | Alto | Esfuerzo incompatible con lesiones musculares |
Viajar de turismo activo | Alto | Desplazamiento y actividad física relevantes |
Grabar bailes con tacones y publicarlos | Muy alto | Evidente contradicción con reposo prescrito |
Como indica la jurisprudencia (y la lógica), la clave es la compatibilidad entre la actividad grabada y el diagnóstico médico. Si hay contradicción flagrante, la empresa puede alegar engaño, exigir devoluciones de prestaciones e incluso despedir con causa.
Consejos prácticos para no meterte en líos si estás de baja
¿Te operas y temes caer en la tentación del selfie temerario? Toma nota de estas pautas sencillas y sigue recuperándote sin miedo al despido:
- Consulta siempre a tu médico antes de realizar cualquier actividad física.
- Configura la privacidad de tus perfiles si quieres compartir tu día a día; lo que es público puede acabar en el expediente.
- Guarda justificantes (radiografías, controles de evolución) que acrediten tu cumplimiento del tratamiento.
- Habla con la empresa si dudas sobre una actividad concreta: transparencia hoy vale más que una carta de despido mañana.
Recuerda: estar de baja no es estar de vacaciones. Y, aunque los “likes” suban la moral, podría bajar tu finiquito. En consecuencia, si tu idea de reposo incluye tacones de aguja, mejor apárcalos hasta que el traumatólogo aplauda tu siguiente paso… sin audiencia en directo.