¿Puedes exigir aire acondicionado a tu casero durante una ola de calor? Esto dice la ley sobre los alquileres

El ventilador lleva semanas dándolo todo en el salón, el gato se estira como una alfombra y tú ya has probado a trabajar con los pies metidos en un cubo de agua helada. Las olas de calor de este verano, con termómetros rebasando los 40 °C en media España, no dan tregua y la pregunta se repite en cada grupo de WhatsApp: “¿Puedo exigir aire acondicionado al casero o me toca seguir haciendo malabares con los abanicos?”.

Al fin y al cabo, nadie quiere fundirse en su propio sofá ni vaciar la cuenta bancaria pagando aparatos que quizá ni siquiera le dejen instalar. El asunto no es baladí: entre normativa, cláusulas y sentido común, la búsqueda de frescor puede convertirse en toda una gincana legal. ¿Te suena? Pues acompáñame que lo desgranamos paso a paso, sin rodeos y con algún guiño para que el calor se haga un poco más llevadero.

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre el calor extremo?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la norma que regula los alquileres en España, obliga al propietario a mantener la vivienda en “condiciones de habitabilidad”, es decir, que sea segura, salubre y apta como residencia habitual. Arantxa Goenaga, socia de AF Legis y experta en Derecho Inmobiliario, lo resume así: “La habitabilidad no se traduce en mantener una temperatura concreta, sino en que el inmueble pueda usarse con dignidad y sin riesgo para la salud”.

Aun así, conviene tener claro qué obligaciones concretas sí y cuáles no recaen sobre el casero:

Aspecto revisadoObligación del propietario¿Incluye aire acondicionado?
Garantizar habitabilidad (seguridad y salubridad)No (salvo pacto expreso)
Reparar deficiencias estructurales o de aislamiento térmico graveSolo si el sobrecalentamiento afecta a la salubridad
Instalar sistemas de climatización nuevosNoSolo si el contrato lo recoge

En otras palabras, aunque el mal aislamiento pueda derivar en calor insoportable, solo genera responsabilidad legal cuando compromete la salud o la seguridad. Si el contrato no menciona expresamente un split o similar, exigirlo por vía legal es misión imposible.

Entonces, ¿puedo exigir aire acondicionado en mi piso de alquiler?

La respuesta corta es no. El LAU no fuerza al arrendador a poner aire acondicionado, ni siquiera con la enésima ola de calor acechando. Solo estarías en tu derecho si el contrato especifica claramente que la vivienda dispone de ese sistema y, aun así, no estuviera funcionando. De lo contrario, la instalación de un equipo nuevo entra en terreno de negociación privada.

¿Significa eso que debes resignarte a sudar la gota gorda? Tampoco. Puedes proponer la instalación a tu casero, siempre que el aparato no altere elementos comunes o estructurales del edificio. Eso sí: todo por escrito, con permiso expreso y dejando claro quién paga qué y qué pasa con la máquina cuando finalice el contrato. De lo contrario, el calor pasará, pero la factura (o la bronca) se quedará.

Cómo negociar con el casero sin morir de calor ni de burocracia

Antes de lanzarte de cabeza a la tienda de electrodomésticos, ten a mano un plan que evite malentendidos, y discusiones, con la propiedad.

  • Pide un presupuesto detallado (compra e instalación) y preséntalo al casero junto con una propuesta sobre quién asume cada coste y quién se queda el equipo al terminar el contrato.
  • Aporta informes o facturas que demuestren posible sobrecalentamiento por mal aislamiento si procede; refuerza tu argumento sin dramatizar.
  • Negocia alternativas intermedias: mejora de persianas, toldos o aislamiento de ventanas, si el aire acondicionado no es viable.
  • Formaliza el acuerdo por escrito, anexándolo al contrato, con firma de ambas partes, para que no se funda cuando suba la temperatura (ni cuando lleguen los tribunales).

Con ese pequeño guion tendrás argumentos claros y documentados. Además, evitarás la tentación de instalar nada a escondidas: eso sí es jugársela a lo grande, porque podrías terminar pagando tanto la desinstalación como los daños.

En definitiva, mientras el LAU no se actualice para incluir el derecho a no asarse vivo en pleno julio, la mejor estrategia sigue siendo pactar. Un buen acuerdo hoy vale más que mil abanicos mañana. Y, si todo falla, siempre queda el plan B: bajar las persianas, abrazar la botella de agua fría y soñar con el otoño… ¡Ya queda menos!

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